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CARTELIZACIÓN

Consejo de Estado confirmó sanción a Cementos Argos por cartelización de precios

Confirman sanciones a Argos por cartel del cemento; sin embargo, la firma se defiende y asegura que no ha incurrido en prácticas ilegales. ¿En qué va el caso?

13 de agosto de 2018

El Consejo de Estado confirmó este lunes la sanción impuesta a Cementos Argos por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) por haber integrado junto con Holcim y Cemex, un cartel empresarial en la modalidad de paralelismo consciente para fijar los precios del cemento gris Pórtland tipo 1 entre junio y diciembre de 2005, así como para repartirse dicho mercado durante el mismo periodo en Colombia.

Vale mencionar que las sanciones impuestas por la entidad Superindustria en 2008 ascendieron a $923 millones para el caso de Argos y a $138 millones para el caso del representante legal de esta compañía José Alberto Vélez Cadavid.

De acuerdo con la sentencia del Consejo de Estado, sí se encontró acreditada la conducta anticompetitiva de Argos, Cemex y Holcim, además que la decisión de la Superindustria fue adoptada con plena sujeción a la ley, sin configurarse la caducidad, ni ninguna violación al debido proceso.

Hay que decir que esta decisión se adicionó a las sentencias por parte del Consejo de Estado, el 14 de junio de 2018 y 21 de junio de 2018, que ratificaron las sanciones impuestas por los mismos hechos a Cemex y Holcim, respectivamente, y a sus representantes legales.

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“Se trata de 3 sentencias del Consejo de Estado proferidas en los últimos meses, ratificando la legalidad de las sanciones impuestas que la Superintendencia de Industria y Comercio adoptó en el año 2008 para sancionar el cartel empresarial que en la modalidad de paralelismo consciente de precios en el mercado del cemento en Colombia, afectando de manera grave, la eficiencia económica, el buen funcionamiento del mercado y el bienestar general de los consumidores”, manifestó el Consejo de Estado. 

Con esta nueva sentencia, que es definitiva y no procede recursos, en el caso de la filial del Grupo Argos, quedan ya resueltas todas las demandas de nulidad que fueron interpuestas por las empresas cementaras cartelizadas en 2005 y sancionadas en 2008 por la Superintendencia de Industria y Comercio.

Nudo del caso

Durante la investigación, la Superindustria encontró probado, entre otras cosas, que:

  1. Los precios presentaron un comportamiento paralelo entre junio y diciembre de 2005 y reacciones simultáneas en proporciones similares al final de dicho periodo.

  2. Existen suficientes evidencias acerca del intercambio de información y las reuniones que llevaban a cabo tanto los representantes legales como los responsables del área comercial, lo cual propició la colusión o cartelización entre las tres compañías.

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Así mismo, el ente de control encontró pruebas del acuerdo cartelista que existió entre Argos, Cemex y Holcim para repartirse el mercado de cemento gris Pórtland tipo 1 en el país de junio a diciembre del 2005. De acuerdo con la información de la SIC, esta conclusión tuvo como fundamento:

  1. El comportamiento estable de las participaciones de mercado de estas empresas.

  2. El intercambio de información detallada y desagregada de los despachos nacionales de cemento gris.

  • El reconocimiento de inexistencia de competencia entre las tres cementeras.

  • La existencia de un comportamiento concurrente entre los investigados, facilitado por el intercambio de información, las reuniones de los representantes legales y responsables del área comercial y los demás elementos facilitadores que habrían propiciado una colusión o cartelización entre las firmas.
  • ¿Qué respondió Argos?

    La filial de Grupo Argos, Cementos Argos, informó que este lunes conoció una decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado en la que revoca una sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que era favorable a la compañía y a su expresidente José Alberto Vélez.

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    La compañía dedicada al sector de la construcción explicó que “esa decisión se toma en relación con una sanción impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio relativa al periodo junio-diciembre de 2005. Con esta decisión, se mantiene la sanción impuesta por la SIC en el año 2008 por valor de $923 millones. La compañía reitera, tal y como lo argumentó en el proceso, que sus actuaciones y la de su expresidente José Alberto Vélez, se ajustaron en todo momento a la ley”.