Alberto Carrasquilla, ministro de Hacienda, rodeado de congresistas durante la aprobación de la Ley de Financiamiento. | Foto: Ministerio de Hacienda / Diego Vega

IMPUESTOS

¿Cómo quedó el polémico IVA a contratos de prestación de servicios?

La ponencia para primer debate de la Ley de Financiamiento incluía un artículo que ampliaba el número de contratistas por prestación de servicios que debían declarar IVA. El artículo generó un huracán que resultó en su eliminación.

6 de diciembre de 2018

El IVA ha sido uno de los temas principales en la Ley de Financiamiento que está a dos debates de pasar a sanción presidencial y con la eliminación del artículo que proponía extenderlo a un 27% adicional de la canasta básica familiar, la lupa quedó sobre los otros puntos en los que podría implementarse.

Uno de ellos era la propuesta de disminuir el umbral mínimo desde el cual los trabajadores con contratos de prestación de servicios deben declarar IVA.

Actualmente el estatuto tributario obliga a que quienes reciben ingresos brutos de más de 3.500 UVT al año, es decir $9,6 millones cada mes, deben declarar un IVA que sus contratantes retienen y pagan a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y que no se les descuenta de su pago final.

La Ley de Financiamiento proponía disminuir dicho tope mínimo hasta las 2.500 UVT, ampliando el umbral a aquellos prestadores de servicios que reciben cada mes ingresos brutos por $6,97 millones.

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La propuesta no cayó nada bien entre algunos congresistas que pidieron retirar dicho artículo del proyecto inicial y de la ponencia para primer debate.

La medida tampoco cayó bien entre los trabajadores que iniciaron protestas por redes sociales y peticiones para que el Gobierno y los ponentes de la Ley mantuvieran “sin IVA los contratos por prestación de servicios”.

Luego de tres días de debate en las Comisiones Terceras y Cuartas de Senado y Cámara de Representantes, dos de los cuales se utilizaron para votaciones, la ponencia de la Ley de Financiamiento se aprobó con IVA para contratos de prestación de servicios desde $6,97 millones.

Luego del debate, varios publicaron la aprobación del polémico artículo en la Ley de Financiamiento, como la senadora Angélica Lozano del Partido Alianza Verde, quien incluso utilizó el trino del actor Andrés Parra, asegurando que dicho impuesto se aplicaría a todos los contratos por prestación de servicios.

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Fuente: Twitter

Sin embargo, el Ministerio de Hacienda advirtió que “es importante aclarar que actualmente, los contratos por prestación de servicios con ingresos brutos superiores a $120 millones al año, son gravados con IVA”.

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La medida causó tanto revuelo que en las horas siguientes al debate se conoció que tanto los congresistas ponentes como el Ministerio de Hacienda prometían la revisión del artículo para corregir los errores de redacción que pudiera tener y después ambas partes anunciaron la eliminación del artículo.

El Ministerio de Hacienda publicó un comunicado señalando que el Gobierno no impulsaría en los siguientes debates dicho artículo.

En la misma dirección, el ministro Alberto Carrasquilla aseguró que “existe una total disposición del Gobierno Nacional para discutir con los ponentes de la Ley de Financiamiento para que no se modifique dicho tope de ingresos brutos al año durante el trámite de esta Ley en las plenarias de Senado y Cámara”.

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