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| Foto: Energía Nueva Esperanza EPM

DEUDA

EPM se alista para tomar créditos por US$2.000 millones

Este monto será destinado a la financiación del plan general de inversiones en infraestructura, expansión, reposición y crecimiento de la empresa durante el periodo 2017-2025.

5 de septiembre de 2017

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó a las Empresas Públicas de Medellín (EPM) para gestionar operaciones de crédito público externo hasta por la suma de US$2.000 millones (o su equivalente en otras monedas).

Este monto, según informes conocidos por Dinero, será destinado a la financiación del plan general de inversiones en infraestructura, expansión, reposición y crecimiento de la empresa durante el periodo 2017-2025 dentro del cual están contemplados los siguientes proyectos:

Proyectos de generación:

-Espíritu Santo

-Hidroeléctrico Santo Domingo

Proyectos de transmisión:

-Bello-Guayabal-Anacón 230kv

-Gestión de pérdidas de energía-EPM

-Reposición Sistema Distribución Local

-Expansión Sistema Distribución Local

-Proyectos de acueducto y alcantarillado

-Interconexión Caldas-La Estrella

-Valle San Nicolás

Proyectos de gas

-Suministro de Gas a Urabá con GNL

-Proyectos de etapa prefactibilidad

-Parque eólico EO200 Ipapure

-Proyecto Termocrucero

-Parque Solar Tepuy

-Proyecto hidroeléctrico Minavieja

-Proyecto hidroeléctrico El Buey

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Según el Ministerio de Hacienda, los términos y condiciones financieros a los cuales deberá sujetarse la gestión autorizada por la Resolución 2704 de 2017, serán los más favorables dentro de las condiciones de mercado.

Vale decir que la autorización del ministerio no exime a EPM del cumplimiento de las normas de cualquier naturaleza que le sean aplicables como la Resolución Externa Nº8 del 2000 y la Nº17 de 2015 de la Junta Directiva del Banco de la República, la Circular Reglamentaria Externa Dodm 145 del 30 de octubre de 2015 y demás normas que las modifiquen, sustituyan, adicionen, o contemplen. Esto quiere decir que la autorización no reemplaza la obligación de EPM del cumplimiento de éstas, en la medida que le sean aplicables.

De acuerdo con los documentos oficiales, lo anterior se entiende sin prejuicio de las autorizaciones y conceptos previos al endeudamiento de las entidades públicas que deben emitir otras autoridades en cumplimiento de otras normas.

En cuanto a la afectación del cupo de endeudamiento, la resolución cita que es responsabilidad de EPM mantener un seguimiento estricto del cupo autorizado por el Departamento Nacional de Planeación (DNP), y asegurar que, en ningún momento, con fundamento en las autorizaciones emitidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de manera individual o agregada, se exceda dicho cupo de endeudamiento.

Por el lado del compromiso de la información, EPM deberá mantener informada a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del MinHacienda, sobre las gestiones que adelante con base a la autorización impartida.

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El documento cita que la comunicación o remisión de tal información en ningún caso exime a EPM de su responsabilidad de mantener un seguimiento estricto del cupo autorizado por el DNP.