Home

País

Artículo

| Foto: 123RF

HONORARIOS

¿Cuánto debe cobrar un abogado? Actualizan honorarios de referencia para estos profesionales

No promocionar servicios gratuitos, acordar con su cliente los honorarios, definir la forma de pago y calcular los montos a pagar en salario mínimo mensual vigente; son las recomendaciones del colegio de abogados a sus afiliados.

25 de febrero de 2020

La corporación colegio nacional de abogados de Colombia (Conalbos) definió las tarifas de los honorarios para el abogado en el ejercicio, dentro del compromiso de defensa del  ejercicio profesional, al considerar que no dependen únicamente de la voluntad de apoderado, sino un acuerdo de voluntades, entre las partes. Cabe aclarar que estas tarifas se aplican exclusivamente a los abogados afiliados a Conalbos, aunque pueden servir de referencia para profesionales del derecho no afiliados.

La agremiación recomienda aplicar en casos excepcionales, la cuota Litis, que es cuando  el abogado conviene con el cliente que sus honorarios se percibirán en función del resultado favorable o positivo del negocio.

Así mismo Conalbos prohíbe  a sus afiliados ofrecer servicios de consultas gratis; los gastos de auxiliares, pólizas y emplazatorios son del cliente, los honorarios adicionales como prima de éxito o bonificación de éxito son legales. Dice el manual del colegio de abogados, que constituye falta a la dignidad de la profesión, su lealtad, su altura y nobleza, ofrecer servicios profesionales por cualquier medio anunciando “consulta gratis” o con contenido igual o parecido.

“Cuando se hace relación a salarios mínimos legales, se entenderán siempre que hacemos referencia a salarios mínimos legales mensuales, según el valor señalado por el gobierno nacional cada año”, agrega el documento.

A los procesos de sucesión ante juzgados, se fija una tarifa mínima de 12 salarios mínimos y cuando el valor de los activos líquidos; según diligencia de inventarios y avalúos exceda de $500 millones  se cobrará un valor mínimo de 15 salarios mínimos; y si estos son superiores a un $ l.000 millones y hasta $2.000 millones se cobrará un valor mínimo de 20 salarios mínimos. Si sobrepasa este valor los activos líquidos, se cobrará como mínimo 30 salarios mínimos.

En la restitución de inmueble arrendado, se establece una tarifa de cinco salarios mínimos cuando se trata de contratos civiles; para contratos comerciales, se incrementa un 50% sobre este valor y restitución de tenencia 5 salarios mínimos.

Los procesos ante la superintendencia de Sociedades en representación del acreedor, para  la reorganización empresarial, según ley 1116 de 2006, los honorarios se liquidarán con base a las sumas adeudadas, hasta $500 millones 30 salarios mínimos legales, montos superiores a este, 50 salarios mínimos legales. 

Sobre el derecho de familia o procesos especiales, como separación de bienes y liquidación de la sociedad conyugal, 10 salarios mínimos,  cuando los bienes asciendan a más de $500 millones se cobrará 20 salarios mínimos legales mensuales. 

Asistir profesionalmente a cada ciudadano que se acoja ante, la Justicia Especial para la Paz, JEP, durante toda la actuación hasta la sentencia, 100 salarios mínimos, en representación de un ciudadano desmovilizado o ex miembro de grupos armados,  50 salarios mínimos mensuales, en representación de las víctimas 5 salarios mínimos legales; por cada una de las personas reconocidas como tal. A grupos de victimas cuando el número es superior a 10 personas, 3 salarios mínimos mensuales  por cada una. 

Cuando se trata de asuntos judiciales en representación de un procesado por solicitudes de extradición, como mínimo de 50 salarios mínimos legales mensuales; si el ciudadano no es extraditado por la gestión realizada, se cobrará adicionalmente un bono de éxito por 25 salarios mínimos.

Para el recurso de casación ante Corte Suprema de Justicia, si no se han acordado honorarios, se fijará el monto un mínimo de 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes; cuando la cuantía de la pretensión sea superior a $2.000 millones.

También se definió que una consulta verbal, tendrá un valor de medio salario mínimo, si es consulta escrita, un salario mínimo; un concepto jurídico por escrito o verbal, se cobrará dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, como mínimo.

La elaboración de minutas de escrituras públicas, para transferencia de bienes inmuebles, un interrogatorio de parte, declaración extrajudicial o contratos civiles mediante documento privado, cada una de ellas, tiene un valor mínimo de un salario mínimo mensual vigente.

Finalmente, la apertura del testamento cerrado en caso de oposición: Tres salarios mínimos. Publicación del testamento otorgado ante cinco testigos, tres salarios mínimos mensuales vigentes.