Estos son los cambios al régimen de inversión de los fondos de pensiones

MACROECONOMÍA

Estos son los cambios al régimen de inversión de los fondos de pensiones

El Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de decreto por medio del cual plantea modificaciones al régimen de inversión de los fondos de pensiones obligatorias y cesantías, con el fin de hacerlo más simple y competitivo.

25 de junio de 2020

El objetivo de la propuesta consiste en simplificar algunos elementos del régimen de inversiones de las administradoras de fondos de pensiones y cesantías, y las entidades aseguradoras y las sociedades de capitalización, que podrían estar impidiendo una administración más eficiente de los recursos de las pensiones obligatorias, cesantías y aquellos que respaldan las reservas técnicas”, dice el proyecto de decreto del Ministerio de Hacienda

La principal modificación va por el lado de los límites de las inversiones que pueden realizar los fondos de pensiones en activos alternativos. 

En la normativa actual, los fondos moderados de  las administradoras de fondos de pensiones solo pueden destinar el 5% de sus recursos en inversiones en fondos de capital privado de infraestructura, y el 10% en fondos de capital privado nacionales o extranjeros. Esos límites fueron eliminados y ahora las inversiones en ambos rubros no podrán superar el 20%, tal como se tiene en la normativa vigente.

Hay un límite de inversión en estos activos alternativos que es del 20% en los fondos moderados, eso se mantiene. A pesar de que existe el límite global existían sublimites de máximo 5% en fondos de capital privados en temas de infraestructura y máximo en 10% en fondos de capital privado en términos generales. Esos sublímites fueron los que eliminamos”, dijo una fuente del Ministerio de Hacienda a Dinero

Dependiendo del fondo varía el porcentaje de inversiones que este puede realizar en activos alternativos. Los fondos moderados pueden invertir el 20%, los fondos de mayor riesgo el 25%, misma cifra que las compañías de seguros de vida, los portafolios de cesantías de largo plazo pueden invertir el 20% y las compañías de seguros el 10%

Con la eliminación de los sublimites, ahora los fondos moderados podrán invertir, si lo desean, el 20% de sus recursos en fondos de capital que inviertan en infraestructura, cuando antes la cifra no podía superar al 5%.

De otro lado, el Gobierno implementará límites a las inversiones en fondos de capital privado extranjero para garantizar recursos en fondos de capital privado que inviertan en el país.

“Se propone la creación de un límite para cada fondo o portafolio, en el cual se define un porcentaje máximo respecto del valor de cada fondo, para la suma de los activos en que pueden invertir los fondos o esquemas de inversión que se ubiquen en el exterior”, dice el proyecto de decreto del Ministerio de Hacienda. 

Nuevos límites para compras de divisas

Actualmente el régimen de inversiones de los recursos de las pensiones obligatorias y cesantías exige que la negociación de operaciones de compra y venta de dólares bajo la modalidad spot (contado) o a través de instrumentos financieros derivados no puede superar el 2,5% del valor del respectivo fondo para las operaciones realizadas durante los últimos cinco días hábiles. 

El proyecto de decreto elimina esos límites para que las aseguradoras y administradoras de fondos de pensiones adquieran divisas.

“Dado que la evolución del mercado cambiario hace que los motivos de orden prudencial que originaron el límite hayan perdido su razón de ser, se considera conveniente eliminar este límite regulatorio del régimen de inversiones”, dice el proyecto.

Cambios en inversiones en emisiones

En la normativa actual, el porcentaje máximo que un inversionista institucional puede invertir en una emisión de títulos es del 30% de sus recursos. El proyecto busca también eliminar ese límite con el fin de dinamizar más las inversiones en las emisiones.

“Se propone eliminar el límite del 30% por emisión aplicable a los inversionistas institucionales, pero manteniendo en todo caso las exposiciones de concentración por emisor (la cual no puede exceder el 50% del patrimonio del fondo de inversión colectiva)”, dice el proyecto.

De igual manera, la norma busca eliminar los límites de participación de fondos de inversión colectiva cerrados y fondos de capital privado. Estas medidas irían acompañadas de un fortalecimiento del gobierno corporativo de los órganos encargados de la toma de decisiones de inversión. 

“En este último punto, la propuesta contempla que el límite máximo por emisor sea definido por la Junta Directiva, con base en las recomendaciones del Comité de Inversiones y el Comité de Riesgos”, dice el proyecto.

Con esta medida, el Gobierno Nacional busca incentivar a emisores nuevos o no recurrentes a emitir, en la medida en que no sería necesario reunir a cuatro inversionistas para la colocación de los títulos; ampliar el espectro de emisiones de los inversionistas institucionales, permitiendo una mejor diversificación, lo cual redunda en una mejor relación retorno – riesgo de sus portafolios y disminuir el efecto manada en la exposición al riesgo de crédito.

Emisiones del Segundo Mercado

Otra de las modificaciones que incluye el proyecto de decreto es la de dejar de considerar a las inversiones de segundo mercado como activos restringidos.

“Cuando antes un fondo de pensiones realizaba inversiones en el segundo mercado se consideraban como activos restringidos, los cuales tienen un límite de inversión muy corto, Ahora estamos diciendo que las inversiones en el segundo mercado no son activos restringidos sino normales”, dijo la fuente a Dinero.

El proyecto de decreto explica que catalogar como activos restringidos las inversiones en el segundo mercado “desdibuja una de las distinciones más significativas entre las cargas que deben cumplir los emisores del mercado principal de aquellas que se exigen en el segundo mercado. Por ende, la exclusión de emisiones no calificadas tiene el potencial de estar reduciendo el universo de activos que podrían contribuir a la construcción más eficiente de portafolios de inversión”.

La fuente del Ministerio de Hacienda explicó que el proyecto de decreto se hizo reuniendo las recomendaciones entregadas por la Misión de Mercado de Capitales y aseguró que este es un primer paso para simplificar y dinamizar  el régimen de inversiones de los fondos privados y aseguradoras.

El proyecto de decreto estará disponible para comentarios hasta el próximo 10 de julio.