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IMPUESTOS

Estas son las multas por no declarar renta en 2020

El plazo para declarar renta en Colombia venció el pasado miércoles 21 de octubre de 2020. Estas son las sanciones que la Dian aplica a los contribuyentes que no declararon.

23 de octubre de 2020

Según cálculos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) 3,5 millones de personas en Colombia estaban obligadas a declarar renta en el 2020 sobre sus ingresos del 2019.

El plazo para declarar renta en el 2020 venció el pasado 21 de octubre. Para las personas que no declararon, las consecuencias pueden ir desde una multa de $356.000, hasta 60 meses privado de la libertad en casos graves.

Los contribuyentes que no respetaron la fecha límite para declarar, tendrán que asumir una sanción de extemporaneidad equivalente al 5% del impuesto por cada mes o fracción de mes de retraso.

Sin embargo, esto solamente aplica si el contribuyente voluntariamente paga fuera del tiempo. Si la Dian lo obliga a pagar por su retraso, la sanción se duplica al 10% del impuesto por cada mes o fracción de mes de retraso.

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Un error común es que las personas sencillamente no declaran, en muchos casos porque no saben que tienen que hacerlo o cómo hacerlo. Estas personas se exponen a una multa del 20% del valor de las consignaciones bancarias o ingresos brutos, o el 20% de los ingresos brutos que figuran en la última declaración de renta presentada.

Otro caso común es cuando se presenta la declaración de renta con errores, lo que lleva a una sanción por corrección en la declaración. Si la corrección es voluntaria tendrá que pagar un 10% del mayor valor, pero si la Dian obliga al contribuyente a corregir, el porcentaje aumenta al 20%.

Sin embargo, hay casos en los que las multas no son suficientes a ojos de la Reforma Tributaria de 2019 y aplican medidas privativas de la libertad.

Según el Código Penal “el contribuyente que omita activos o declare un menor valor de los activos o declare pasivos inexistentes, en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, por un valor igual o superior a 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, definido por liquidación oficial de la autoridad tributaria, incurrirá en prisión de 48 a 108 meses de prisión”.

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