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| Foto: Getty Images

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Gobierno nacional reglamentó la Ley de Pago en Plazos Justos

El Gobierno nacional reglamentó este miércoles la Ley de Pago en Plazos Justos, con la cual las mipymes recibirán el pago de sus facturas en un plazo máximo de 60 días desde el próximo primero de enero de 2021.

23 de diciembre de 2020

Según la norma reglamentada este miércoles, las empresas deberán pagar sus facturas a plazos máximos de 60 días calendario durante el primer año de entrada en vigencia de la Ley y de 45 días desde 2022.

Esta norma se aplica a la venta o el intercambio profesional de productos (bienes y servicios) de manera onerosa y a cambio de una rentabilidad, sin importar quién la ejerza, es decir, comerciantes o no comerciantes que adelantan operaciones mercantiles.

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No aplicará para los pagos derivados de la compra para el consumo directo, préstamos de dinero, contratos de seguro y los que se hacen a título de indemnización por daños, contratos suscritos entre grandes empresas, así como los que corresponden a procesos de insolvencia de comerciantes y personas naturales no comerciantes.

El ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, explicó que esta reglamentación permitirá un gran avance en el sentido de que las facturas a tres, seis, 12 y hasta 24 meses dejarán de ser una realidad en Colombia.

Esta Ley es fundamental para el desarrollo empresarial del país en momentos en los que las cajas registradoras de las empresas se han visto afectadas por la pandemia de la covid-19, ya que les permitirá un flujo mayor, para dinamizar sus negocios”, sostuvo.

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Para Mauricio Toro, representante a la Cámara del partido Alianza Verde y autor del proyecto, “con la Ley de Pago a Plazos Justos (los beneficiados) tendrán el flujo de capital adecuado para que puedan invertir en innovación para su desarrollo, superar los retos que nos impone la crisis económica de la covid-19 y mantener el empleo que generan”.

“También nuestras empresas serán más competitivas y productivas, incidiendo incluso en el precio final del consumidor porque, si no se tienen que endeudarse más con un banco, se podrían trasladar al consumidor final reducciones importantes en los precios de bienes y servicios”, agregó.

Adicionalmente, la regla contempla un caso especial para las facturas que se dan en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud, a las cuales la Ley aplicará desde 2023, a un plazo de 60 días.

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Establece “dos hipótesis distintas para determinar el momento a partir del cual inicia a contar el término de la factura”: desde la entrega del bien o la prestación del servicio, cuando no se está obligado a facturar o la factura se recibe por medios no electrónicos, y a partir de la recepción de la factura, cuando se está obligado a facturar y la factura se recibe por medios electrónicos.