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El gobierno y congresistas independientes o de oposición, libran un pulso por la aprobación del Plan de Desarrollo. | Foto: Conexión Congreso

LEGISLACIÓN

El ‘sancocho’ en que se convirtió el Plan de Desarrollo y los reparos de los expertos

Si el Congreso no aprueba el Plan Nacional de Inversiones Públicas en un término de tres meses después de presentado, el gobierno podrá ponerlo en vigencia mediante decreto con fuerza de ley, recuerda el experto Javier Hoyos Arboleda.

22 de marzo de 2019

Las fuertes críticas que se le han hecho al Plan Nacional de Desarrollo no solo provienen de los senadores y representantes a la Cámara de los partidos de oposición y quienes se declararon independientes. La hoja de ruta del gobierno para los próximos cuatro años, que se tramita ante el Congreso de la República, también tiene detractores entre expertos en temas legislativos, que tienen serios reparos al articulado radicado en la ponencia para primer debate.

En este grupo está Javier Hoyos Arboleda, uno de los principales asesores en materia legislativa, y quien ha señalado que en el Plan de Desarrollo terminaron ‘colgando’ tantos temas de tal variedad de materias, que su aprobación no solo está en riesgo durante su paso por el legislativo sino que, eventualmente, también podría tener problemas cuando sea la Corte Constitucional la que haga la revisión del articulado.

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Hoyos Arboleda compartió algunas preocupaciones y sus puntos de vista sobre el articulado que se presentó en la ponencia para primer debate, y que pasó de los 183 artículos originales que fueron planteados por el gobierno, a los 311 artículos con los que se radicó. Estos son los temas a los que hay que seguirle la pista, en opinión del experto.

1. El Proyecto del PND incluye de todo, sin tener en cuenta que el articulado de la parte general debe contener los instrumentos legales para implementar el Plan; por tanto, debe tener una conexión directa con sus objetivos y metas.

2. Se trata de incluir temas que no han prosperado en el Congreso o que quedaron por fuera de las últimas reformas promulgadas en el 2018, y multitud de ajustes a contribuciones y tasas existentes, creación de otras nuevas, todo lo cual incrementa la carga fiscal de los contribuyentes.

3. Esta ponencia debe ser votada antes del sábado 23 de marzo, dados los plazos especiales que rigen para la expedición del Plan de Desarrollo.

4. De acuerdo con la Constitución Política, si se presentan desacuerdos en relación con el contenido de la parte general, ello no será obstáculo “para que el gobierno ejecute las políticas propuestas en lo que sea de su competencia.
Si el Congreso no aprueba el Plan Nacional de Inversiones Públicas en un término de tres meses después de presentado, el gobierno podrá ponerlo en vigencia mediante decreto con fuerza de ley.

5. Obsérvese que es el Plan de Inversiones, no la parte general, la cual no podría dictarse por decreto. Y es que, reiteramos, esta parte general contiene instrumentos para desarrollar el plan; si no se aprueba, se utilizarían las normas vigentes pertinentes. Si no alcanza con los instrumentos actuales, deberán expedirse otras normas para el logro de los objetivos del Plan.

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6. De lo anterior quedan varias enseñanzas: si en el plan se incluyen normas que no tienen que ver con los objetivos y las metas del plan, todos los parlamentarios se sienten autorizados para hacer lo mismo. Y por ello el articulado desdice del plan, nadie habla de sus aspectos positivos sino de la normatividad en el plan.

7. Se entregó muy tarde la ponencia: había 45 días para aprobarlo y las ponencias se entregaron el día 42. Esto sucede en muchos casos porque se busca “pupitrear” los artículos en vez de dar una discusión amplia y detallada, y opera tradicionalmente cuando se tiene el control del Congreso o se cuenta con mayorías, no cuando estas son precarias.

8. Finalmente, ojalá se aprobaran las bases, el plan de inversiones y los artículos que tengan relación con el logro de los objetivos.