Opinión On-Line

Los TLC y el reto de llamarlos Acuerdos de Libre Comercio

¿Por qué son tan populares los TLC? Cada país miembro de la OMC ha suscrito en promedio 13 acuerdos, de los cuáles un total de 297 entraron en vigencia a principios de 2011. Pero los TLC, ¿contribuyen al libre comercio? La opinión de Rafael Tamayo Álvarez, profesor de Negocios Internacionales, Universidad Eafit.

Dinero
20 de octubre de 2011

El comercio internacional tiene dos ámbitos y uno de ellos es el sistema multilateral regulado por los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en el que toda ventaja comercial concedida por alguno de sus miembros a los productos de determinado país, deberá extenderse a aquellos productos similares originarios del resto de economías miembro. Esta obligación, que se conoce con el nombre de Trato de la Nación más Favorecida (NMF), es desarrollo del principio de no discriminación, piedra angular del comercio multilateral.

El segundo ámbito es el sistema preferencial, regulado por los Acuerdos Comerciales Preferenciales (ACP). Los Tratados de Libre Comercio (TLC) – como el suscrito por Colombia y Estados Unidos – son el tipo más frecuente de ACP, al representar casi el 80% de los que actualmente están en vigor. A través del comercio preferencial es posible lograr una integración comercial más profunda, pero las prorrogativas de acceso al mercado se limitan a las partes firmantes del acuerdo.

A pesar de lo anterior, la proliferación de acuerdos preferenciales es evidente: según cuentas de la OMC, cada país miembro ha suscrito en promedio 13 acuerdos, de los cuáles un total de 297 hallaron su vigencia a principios de 2011. La dicotomía entre comercio multilateral y preferencial, nos lleva a cuestionar el porqué de la popularidad de los TLC, si estos realmente contribuyen al libre comercio, y de qué manera lo hacen.

Desde que se estableció el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), en 1947, los aranceles han disminuido sustancialmente. En aquel entonces el arancel promedio aplicado al comercio entre economías se situaba entre el 20% y el 30%. En 2009, el arancel promedio aplicado por los miembros de la OMC era apenas del 4%. Más aún, hoy día varios países aplican, para algunos sectores, un arancel cero, bajo condiciones de NMF. Esto significa que, por los resultados previos de las negociaciones multilaterales, el margen de reducción arancelaria que puede obtenerse vía TLC es mínimo, puesto que menos del 2% del comercio mundial podría beneficiarse de márgenes preferenciales de más de 10 puntos porcentuales.

No obstante la progresiva reducción arancelaria, sectores “sensibles” como el agrícola, continúan protegidos mediante aranceles altos, incluso a pesar de los TLC. Prueba de ello, es que aproximadamente el 66% de las líneas arancelarias con tipos NMF superiores a 15 puntos porcentuales no ha sido objeto de reducción en las negociaciones de TLC. Lo anterior nos conduce a cuestionar el verdadero impacto de los beneficios arancelarios obtenidos a través de ese tipo de acuerdos, máxime sí las reducciones arancelarias preferenciales no proceden al mismo ritmo en todos los sectores, subsistiendo obstáculos arancelarios significativos en la agricultura y en subsectores de la manufactura.

En contraste, la proliferación de los TLC podría obstaculizar el comercio mundial. A medida que crece el número de acuerdos suscritos, aumenta la cantidad de normas de origen establecidas por ellos, creando así una maraña regulatoria capaz de obstruir el comercio. A manera de ejemplo, piénsese en un producto fabricado en los Estados Unidos, usando –a causa del NAFTA- partes o materia prima preveniente de México. Este producto podría no entrar al mercado colombiano con preferencias arancelarias, debido al exceso de contenido mexicano, que le haría incumplir la norma de origen fijada en el TLC con Colombia. Así mismo, algunos TLC resultan desventajosos en materia de defensa comercial al no controlar asuntos como los subsidios a la exportación, los cuáles sí son materia de regulación en el acuerdo de la OMC sobre subvenciones y medidas compensatorias.

Por lo expresado, más allá de estar favor o en contra de los TLC, es válido preguntarse si la expresión “libre comercio” corresponde con la realidad de estos acuerdos. En efecto, ¿Es libre comercio un tratado que sólo otorga preferencias arancelarias en sectores que ya están suficientemente desgravados, pero que no concede mayor acceso al mercado en áreas sensibles como el sector agrícola? ¿Es libre comercio un tratado que prohíbe a las partes firmantes incurrir en prácticas proteccionistas, como el otorgamiento de subsidios? ¿Es libre comercio un acuerdo en el que una de las partes no tiene la capacidad de cumplir con las medidas fitosanitarias y las normas técnicas exigidas para la otra parte, a pesar de que estas correspondan a un nivel de protección superior al previsto en estándares internacionales?

La respuesta al porqué de la popularidad de los TLC radica en que estos abarcan cuestiones que van más allá de los aranceles y el comercio de mercancías. Su estructura incluye, entre otros, capítulos sobre protección a la inversión extranjera y a los derechos de propiedad intelectual. Sin embargo, aunque esos son temas importantes, no guardan estrecha relación con el “libre comercio”. En consecuencia, el real impacto de los TLC, en términos de acceso al mercado, debe tomarse con beneficio de inventario. De ahí el reto de seguirlos llamando Acuerdos de Libre Comercio.

* Profesor de Negocios Internacionales, Universidad Eafit.