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Registraduría Nacional del Estado Civil. | Foto: guillermo torres-semana

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Registraduría pide claridad sobre fallo que reviviría la revocatoria del alcalde de Medellín

Habría un choque de trenes entre el Tribunal Administrativo de Antioquia y el Consejo de Estado.

16 de noviembre de 2022

La Registraduría Nacional envió una solicitud al Tribunal Administrativo de Antioquia para que aclare el fallo que emitió el 9 de noviembre sobre la revocatoria del alcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle. El juzgado ordenó destrabar el proceso en menos de ocho días para que los ciudadanos acudieran a las urnas.

El documento no fue entendido por esta entidad, a razón de que la decisión que se tomó en las últimas semanas nadaría en contra de las posiciones adoptadas en el pasado por la Sección Quinta del Consejo de Estado. Así las cosas, en la petición se busca definir cuál de los dos argumentos debe acogerse definitivamente.

El punto de la discordia es la columna vertebral del fallo. Desde el Tribunal se definió que la Registraduría debe certificar los estados contables del comité que recogió las firmas y, si los documentos cumplen con todos los requisitos, invitar al presidente Gustavo Petro a ponerle fecha a la elección de la revocatoria.

Sin embargo, el Consejo de Estado dejó por sentado que el visto bueno de la contabilidad debe tener el sello del Consejo Nacional Electoral (CNE) para continuar con su curso en las urnas. Pero ese organismo frenó la acreditación porque encontró serias dudas en la recolección y ejecución del dinero.

En los estados contables no figuraría la totalidad de los aportes en dinero o especie que cada persona, natural o jurídica, realizaron durante la compaña. Lo que podría configurar una violación a las normas establecidas para adelantar este proceso. También se pondría en evidencia una supuesta violación de los topes permitidos.

Pese a que las firmas son suficientes para citar a las elecciones, es indispensable que la revocatoria cuente con el certificado de los estados contables. Frente a los cuestionamientos del Consejo Nacional Electoral sobre el manejo de las finanzas, la Registraduría optó por esperar el concepto definitivo. Pero hubo un jalón de orejas.

El Tribunal Administrativo de Antioquia señaló en el fallo que la “Registraduría Nacional del Estado Civil no debe supeditar la actuación a lo que decida el Consejo Nacional Electoral al respecto”. Es decir, está en la obligación de dar su propio concepto sobre las finanzas y llamar al presidente para que fije la elección.

Pero el ente civil trajo a la discusión que la Sección Quinta del Consejo de Estado puso como requisito la aprobación de la revocatoria por parte del CNE. Así las cosas, en el documento de claridad se lee: “Establecer cuál de las dos posturas contrarias entre el Consejo de Estado y el Tribunal Administrativo de Antioquia” se aplica.

El vocero y líder del proceso de la revocatoria contra el alcalde de Medellín, Andrés Rodríguez, denunció que la Registraduría Nacional emitió la aclaración por fuera de los términos expresados por la Constitución. Así las cosas, tendría que cumplir al pie de la letra el fallo que emitió el juzgado de Antioquia.

“La Registraduría pidió aclaración por fuera de los términos. Antes del 22 de noviembre tiene que informar a Gustavo Petro que tiene que llamar a elecciones de revocatoria sí o sí. Comprobado que el Consejo Nacional Electoral de Colombia nos robó la voluntad democrática de tener un buen alcalde”, señaló Rodríguez.

El mandatario del distrito, Daniel Quintero Calle, también se pronunció sobre el fallo que firmó el Tribunal Administrativo de Antioquia. En sus redes sociales calificó de corrupto el proceso que se adelanta en su contra por los hallazgos que puso en tela de juicio el Consejo Nacional Electoral, respecto a los estados contables.

“Estamos listos para enfrentar al uribismo y su revocatoria corrupta. Los venceremos de nuevo. El futuro se parece a nosotros”, publicó el alcalde en su cuenta oficial de Twitter tras conocer la decisión del juzgado.