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La protección de la reserva Thomas Van der Hammen llevó al juez a tomar la decisión.

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Proyecto de Lagos de Torca no podrá urbanizar zona protegida de la reserva Thomas Van der Hammen

Tras una demanda del 2019, finalmente un juez declaró nulos dos artículos de un decreto con el que se permitía urbanizar en una área protegida de la reserva.

Redacción Nación
15 de diciembre de 2023

El juez cuatro Administrativo de Bogotá en las últimas horas declaró nulo dos artículos del decreto 088 de 2017 del proyecto Lagos de Torca de la Alcaldía Mayor de Bogotá, con los cuales se pretendía urbanizar la zona que se encuentra ubicada en la Autopista Norte y la franja de conexión ambiental, área que hace parte de la reserva Van der Hammen.

Con una inversión de 22,9 billones de pesos en Torca se construirán 135.000 viviendas de las cuales 30.540 serán de Interés Prioritario.
El proyecto busca ampliar el norte de Bogotá. | Foto: Secretaría de Hábitat

Se trata de los artículos 21 y 129 del llamado ‘Plan Zonal del Norte de Bogotá, Ciudad Lagos de Torca. La demanda fue interpuesta por María Fernanda Rojas, concejal del partido Alianza Verde en 2019.

En la acción judicial, Rojas argumentó que en el proyecto no se tuvo presente que la reserva regional del norte es un suelo de protección y, por lo tanto, si se llegara a urbanizar la franja de conexión ambiental AP-2, se estarían violando las resoluciones 475 y 621 del 2000 que fueron emitidas por el entonces Ministerio del Medio Ambiente, así como el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) y la ley 388 de 1997.

Los argumentos y la decisión del juez

Juez - martillo
El togado le dio la razón a la demandante. | Foto: Getty Images

El togado indicó en su decisión que el POT que se encontraba vigente cuando salió el decreto especificaba que todas las áreas comprendidas dentro del Sistema de Áreas Protegidas del Distrito constituyen suelo de protección y por ende la prioridad es la “preservación y la conservación, por lo que tiene restringida la posibilidad de urbanizarse, tal y como lo señala el artículo 35 de la Ley 388 de 1997″.

Igualmente, el juez precisó que el Ministerio de Ambiente previamente había determinado que la zona tendría la denominación de suelo urbano, pero también constituiría un área protegida.

Por lo anterior, resolvió “declarar la nulidad de los artículos 21 y 129 del Decreto 088 de 2017, proferido por la Alcaldía Mayor y Secretaría Distrital de Planeación”.

Es importante precisar que la decisión del juez no pausará el proyecto que tiene como objetivo expandir el norte de Bogotá, pero la iniciativa deberá ser replanteada para que la zona mencionada sea excluida.

Esto obligará al Distrito y a sus promotores a replantear lo que se realice en esta zona que, históricamente, ha generado una tensión, entre quienes abogan por urbanizarla y quienes consideran que es una zona estratégica para conectar, restaurar y proteger los sistemas hídricos y corredores biológicos de la capital”, dijo el juez.

Las reacciones a la decisión

La concejal celebró la decisión tomada por el juez.
La concejal celebró la decisión tomada por el juez. | Foto: Twitter: @maferojas

Por medio de su cuenta de X, antes Twitter, María Fernanda Rojas celebró el fallo emitido por después de una batalla jurídica que inició en el 2019. “Ganamos acción de nulidad que evitará que se urbanice la franja de conexión ambiental AP-2 de la Reserva Forestal Thomas Van der Hammen. La sentencia del Juez nos concede pretensiones claves”, destacó.

Asimismo, advirtió que revisará detenidamente la parte decisoria de la sentencia para ver el alcance de la nulidad parcial de algunos artículos y de aquellos que no fueron cobijados por la nulidad.

El presidente Gustavo Petro también se pronunció al respecto: “Excelente decisión del juez. El Gobierno nacional quiere ayudar en volver realidad la reserva forestal Thomas Van Der Hammen”.