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Procuraduría profirió pliego de cargos contra cinco miembros del Esmad en Popayán. (Imagen de referencia). | Foto: Colprensa

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Cargos a cinco miembros del Esmad por presuntas irregularidades en el uso de munición no letal durante el paro nacional en Popayán

La decisión implica a un mayor, un teniente y dos patrulleros adscritos al escuadrón.

Redacción Nación
1 de diciembre de 2023

La Procuraduría General de la Nación tomó acciones contundentes al emitir un pliego de cargos contra miembros del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad), en relación con presuntas irregularidades en el uso de munición no letal (Venom) en las inmediaciones del parque Caldas en Popayán, Cauca.

Los señalados en este proceso son el mayor Wílmer Sandoval Montaño, el teniente Julián David Sierra Gómez y los patrulleros Nilson Javier Valverde Caicedo y Óscar Eduardo Robayo.

La investigación del Ministerio Público se centra en los hechos ocurridos el 12 de mayo de 2021, en el marco del paro nacional, donde se alega que Valverde Caicedo habría operado el dispositivo Venom “sin que, aparentemente, tuviese permiso para ello por parte de sus superiores ni hiciera parte de su función”. La Procuraduría presume que su actuación fue “imprudente”.

“(...) Lo habría hecho con imprudencia al introducir su bota debajo de la base del aparato, con lo cual habría alterado el ángulo de disparo”, estableció el órgano de control.

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La decisión implica a un mayor, un teniente y dos patrulleros adscritos al escuadrón del Esmad en Popayán. (Imagen de referencia) | Foto: Colprensa

Adicionalmente, la Procuraduría General señaló que Robayo Echeverry, siendo el único habilitado para operar el dispositivo Venom, posiblemente permitió que su compañero no autorizado “hiciera uso indiscriminado” del mismo durante las protestas, lo que podría haber resultado en un inadecuado control del dispositivo a su cargo.

La Procuraduría también indaga si el teniente Sierra Gómez permitió y avaló que personal no capacitado utilizara el lanzador múltiple eléctrico durante el paro. Además, se examinan las acciones del mayor Sandoval Montaño en Popayán, en donde se presume su negligencia en el servicio al no contar con la reglamentación específica para la operación del equipo en el departamento.

Provisionalmente, la entidad ha calificado las faltas de los investigados como graves, con culpa gravísima. La investigación busca esclarecer la responsabilidad de cada uno de los implicados en estas presuntas irregularidades y determinar las posibles sanciones correspondientes.

La Procuraduría anunció la decisión en la tarde de este sábado.
La Procuraduría investiga las actuaciones de los uniformados del Esmad en el parque de Caldas, durante el paro nacional en Popayán. | Foto: Colprensa

Condenan al Estado por joven que perdió un ojo en procedimiento del Esmad durante el paro

El pasado 17 de abril, la justicia emitió una contundente condena contra el Estado en respuesta a una demanda presentada por Daniel Antonio Bernal, un joven que resultó gravemente herido durante los procedimientos llevados a cabo por el Escuadrón Móvil Antidisturbiosahora conocido como Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden–, durante el estallido social de 2021 en Bogotá.

Las denuncias y videos que evidenciaron los procedimientos controvertidos del Esmad durante las protestas de 2021, se tradujeron en una compensación económica significativa para Daniel Bernal. Según el abogado Humberto Izquierdo, defensa del joven, este fue perseguido y atacado por un funcionario del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), resultando en la pérdida de un ojo y una discapacidad del 50 % en cuestiones laborales.

Durante el estallido social del 202, jóvenes y el Esmad se enfrentaron en varias ciudades del país, como Bogotá. | Foto: León Dario Peláez/ Semana

La indemnización otorgada por el fallo judicial asciende a 300 salarios mínimos mensuales y vigentes. Sin embargo, la defensa sostuvo que el tribunal no consideró adecuadamente la totalidad del daño causado por el procedimiento del Esmad, y presentó un recurso de reposición argumentando que las lesiones graves de Daniel deberían ser indemnizadas al 100 %, conforme a la jurisprudencia en casos similares.

“Es porque existen unos protocolos establecidos para la Fuerza Pública para disparar los artefactos para contener la protesta social; en este caso, los gases lacrimógenos se deben disparar en un sistema de hipérbole (…) por el agente cuando estaba la protesta social calmada no había en ese momento disturbios”, señaló el defensor.

En los videos de seguridad presentados como evidencia en la demanda y el proceso penal en la Fiscalía, se observó que “se va con su escopeta, se dirige hacia la puerta de la universidad, persigue a un estudiante y le dispara como siguiéndolo a la cara, lo cual, según el fallo, rompe con todos los protocolos y en voces del juez: dice que se desconoció en el operativo policial los principios de precaución y proporcionalidad para evitar que se ocasionaran daños a los manifestantes y en particular a los no manifestantes, como fue el caso de Daniel Bernal”, advirtió el abogado.