Rebeca Herrera, gerente de seguros patrimoniales de RSA. | Foto: Revista Dinero

Seguros

Los grandes cambios de la liberalización

Con la llegada de la liberalización del mercado asegurador en 2013, Rebeca Herrera, gerente de seguros patrimoniales de RSA y mediadora en este capítulo para el TLC, le contó a Dinero.com qué es, qué pasará y cómo afectará esta apertura al sector.

22 de agosto de 2012

¿En qué consiste la liberalización del mercado asegurador?
Prácticamente se refiere a la apertura del mercado de seguros de Colombia a las ventas extranjeras que se darán el próximo año.

¿Cuáles son los grandes cambios que traerá esta apertura internacional?
Son pocos pero puntuales. Según ciertos artículos del estatuto orgánico del sistema financiero estaba prohibido hacer negocios en Colombia con agentes o representantes de las aseguradoras que no tiene presencia en el país o comprar seguros en el exterior, con la liberalización, ya se permite la compra, pero se prohíbe la venta. Lo que cambia una prohibición por otra, al colocarle la prohibición al que conoce la norma y a quien esta dentro del negocio. Sin embargo, existen ciertos tipos de seguros que sí son y serán prohibidos comprar fuera.

Otro cambio está en que si las empresas extranjeras quieren venir al país a ser aseguradores, se debe constituir una persona jurídica nueva. El TLC permite que las empresas de Estados unidos lleguen en forma de sucursales, pero con los mismos requisitos patrimoniales, regulatorios, de supervisión y demás que tienen hoy en día las personas jurídicas, una condición que en muchos casos no les es atractivo a las compañías internacionales. Claro ejemplo es Chile, que terminó negociaciones en 2004 y casi ocho años después de aprobado el tratado, no hay ni una sucursal en ese país, porque a las empresas internacionales les cuesta más y tienen mayor riesgo.

¿Cuáles son los seguros que no se podrán adquirir en el exterior?
Son cuatro los seguros que no se podrán comprar en el exterior:
1. Los seguros obligatorios, (todo lo que es soat, seguros de responsabilidad civil y los asociados al transporte de carga).
2. Los seguros relacionados con la seguridad social (fondos de pensiones, renta vitalicia y ARP)
3. Los seguros en los que el beneficiario sea una entidad estatal, ya que cómo se enfrentará a contratar defensa jurídica en el extranjero si el seguro no le paga.
4. Los seguros para cuya compra necesiten acreditar la afiliación en algo a la seguridad social. Como es el caso de los seguros de salud, y la medicina prepagada.

¿Qué garantías existen si los colombianos compran en el exterior?
Ninguna. No habrá ninguna entidad que proteja a quien compre seguros en el exterior. Quien lo haga, lo hace bajo su cuenta y riesgo. Y si la aseguradora no le cumple debe hacer las reclamaciones allá. Un tema complejo para los consumidores. Por esto fue muy poco lo que compraron los chilenos fuera del país, porque la dificultad y el desconocimiento de cómo funciona el mercado fuera desestimuló la compra. Además la idea de recibir indemnización en dólares, ya no es tan tentadora, pues dicha creencia con la crisis se ha desmitificado un poco.

¿Qué pasa con las personas que ya compraron previamente seguros en el exterior?
Aunque no se encuentra establecido, para aquellas personas que ya habían adquirido seguros en el exterior, la multa o penalización sería netamente tributaria, en donde se podría al día con los impuestos. Pero considero que podría establecerse un periodo de transición (una especie de amnistía) para que las personas declaren dicha compra y paguen el excedente en impuestos y no tengan que pagarlos cuando los indemnicen. Porque como generalmente los seguros son contratos a largo plazo, pedirle a las personas que cancelen estos contratos les implicaría una multa significativa que dudo mucho estén dispuestas a asumir dichas personas.

¿Qué pasa con las multinacionales que están hoy en el país como subsidiarias?
Cada compañía tendrá la opción de mantenerse como subsidiaria o volverse sucursales y evaluar costos y beneficios. Sin embargo, considero que esta situación no es beneficiosa, desde el punto de vista corporativo y tributario, pues realizar esa transición tiene sus costos y en el mercado colombiano, todas las compañías extranjeras tienen un socio colombiano, que no les va a interesar vender su participación, por lo que no creemos que vaya a pasar.

¿Y la inversión extranjera, cómo se vería afectada?
En realidad no variaría mucho. No habrá esta avalancha de inversión extranjera que esperan mucho, pues ese proceso se dio en la apertura del mercado en los años 90s. Además, en este momento somos un mercado maduro en la región, y existe un número de compañías adecuado. Por ejemplo Ecuador cuenta con 90 compañías de seguros, mientras nosotros tenemos 47 compañías, de las que 20 o más son grupo económico. Lo que eventualmente sí se podría dar son fusiones y adquisiciones entre los jugadores locales.

¿Es cierto que llegarán nuevos productos con esta liberalización?
Si bien es cierto que el portafolio de productos mejorará notablemente, también es cierto que las compañías locales están a la vanguardia de los seguros que llegan nuevos al mercado asegurador. Tal es el caso se los artistas que aseguran sus piernas o una mano, que en Colombia la figura existe y se puede trasladar a un seguro de desmembración, que indemniza la falta de una parte del cuerpo, la diferencia radica en que no tiene el mismo título y que el monto y la forma de pago varía según lo que se requiera.