Gobierno se cura en salud
Ante la polémica que generó la reglamentación de la Ley 1607 de 2012, donde se dictan normas en materia tributaria y se excluye de IVA sobre las ventas a los dispositivos móviles inteligentes, el Gobierno prefirió blindarse y aclarar a cuales sí y a cuales no les cobija esta norma. A través del Decreto 1793 explicó las características de los dispositivos que están excluidos del impuesto: los que tengan teclado completo, táctil o físico; operan sobre sistemas operativos estándares actualizables; tienen capacidad de procesamiento y cómputo; permiten la navegación en internet; tienen conectividad wi-fi; y tienen acceso a tiendas de aplicaciones y soportan las aplicaciones hechas por terceros. Los que no están excluidos son los teléfonos móviles que tienen como función principal la prestación del servicio de telefonía móvil.