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Ministerio de Trabajo no aceptó la huelga de 53 días en Drummond como excusa para no haber terminado las obreas de ampliación del Puerto de Santa Marta.

Carbón

Mintrabajo no aceptó excusas de Drummond

El Ministerio de Trabajo no aceptó a Drummond la excusa de la huelga de 2013 para no haber terminado las obras de ampliación del Puerto de Santa Marta.

20 de enero de 2014

El Ministerio de Trabajo le respondió este lunes a la Drummond después de que en días pasados argumentara que fue por la huelga que enfrentó en 2013 que no se pudieron completar las obras de ampliación del Puerto de Santa Marta.

El ministerio asegura que siempre indicó que las actividades de construcción del puerto de cargue directo debían continuar durante la huelga, por tratarse de labores a cargo de contratistas y no de trabajadores de Drummond.

En ese sentido expidió el Auto 21 del 25 de Julio de 2013, donde se excluyó, del área de la huelga, el muelle en construcción y se autorizó el ingreso de los contratistas y subcontratistas que se encontraban adelantando dicha construcción.

Además dice que durante los días de la huelga, nunca se obstruyó la entrada del personal que a través de terceros, se encontraba prestando sus servicios dentro del proyecto de construcción del puerto de cargue directo, lo cual fue constatado por los inspectores del trabajo.

Continúa diciendo que al presentar el Plan de Contingencia al inicio de la huelga - que fue aprobado por el sindicato con el visto bueno del Ministerio - la empresa no incluyó la necesidad de que un grupo de trabajadores directos fueran autorizados para continuar laborando, durante la huelga, como supervisores de la construcción del Puerto. Así consta en las actas de cierre de la empresa.

Añade que fue sólo el 30 de julio, 8 días después de iniciada la huelga, cuando se hizo la solicitud al Ministerio del Trabajo para que 27 profesionales fueran autorizados a suspenderla y ponerse al servicio de la empresa para trabajar en labores de supervisión de la construcción del muelle.

Tal solicitud se negó por ser extemporánea pues ha debido hacerse al inicio de la huelga, además por no haber acuerdo entre los representantes de la empresa y la organización sindical, requisito para tomar tal determinación y por no ser de competencia del Ministerio, ya que por disposición legal al Ministerio del Trabajo le está prohibido expresamente autorizar o patrocinar el ingreso al trabajo de grupos minoritarios de trabajadores aunque estos manifiesten su deseo de hacerlo.

De otra parte y en relación con la figura de la fuerza mayor, y en estricta relación con lo laboral, se aclara que - conforme a la definición legal y a jurisprudencia constitucional, laboral y civil - entre los elementos sustanciales de la fuerza mayor está el de la imprevisibilidad, requisito que para el caso no existe pues la huelga es resultado de la negociación entre empleador y trabajadores, con procedimiento sujeto a plazos legales, por lo cual es previsible para las partes.