Desde la Andi advierten que el impuesto se planteó para que lo pague el productor o el importador, pero recaerá sobre varios peldaños de la producción y en el consumidor.
Los colombianos tendrán que pensar dos veces antes de elegir la bebida. Las azucaradas estarán gravadas con el impuesto saludable. | Foto: ALEJANDRO ACOSTA

Reforma Tributaria

Impuestos saludables, otro trago amargo para los colombianos; llegarán en plena caída de ventas del comercio y alta inflación

Entrarán a regir en noviembre, mes en el que también habrá subida en el precio de la gasolina. Subida del costo de vida parece inevitable.

Redacción Economía
30 de octubre de 2023

No hay vuelta de hoja. Los colombianos ya solo esperan ver el impacto que tendrán los nuevos impuestos saludables en los precios de productos como gaseosas, chocolates, tortas y paquetes que adquieren en el comercio.

A partir del primero de noviembre entrarán en vigencia estos tributos, que fueron creados en la reforma de 2022 y que gravan con 10 por ciento a 21 artículos de los 443 que componen la canasta básica de los hogares.

Había expectativa con esta norma porque tuvo de por medio una demanda ante la Corte Constitucional que buscaba tumbarla.

Pero esta semana, el Alto Tribunal dejó en firme la medida que se adoptó con un objetivo saludable, el cual, para muchos, no se ha cumplido del todo en los países que lo han implementado.

La estrategia, que estuvo durante un año en capilla para dar a los involucrados el tiempo suficiente para ajustarse, ha mantenido a los negocios entretenidos, no solo batallando para tratar de que se echara reversa, sino para intentar entender los alcances del impuesto.

La pretensión del Gobierno es desincentivar el consumo de azúcares, sodio y grasas saturadas en bebidas y comestibles, pero mientras se logra ese cometido se generará un recaudo tributario importante: cerca de 3,1 billones de pesos en 2024.

El objetivo es que la bolsa pública disponga de recursos que le ayuden a financiar el alto costo en el sistema de salud que se deriva de enfermedades relacionadas con el consumo de estos productos.

La industria alimenticia, representada por la Cámara de Alimentos de la Andi, insiste en que el impuesto quedó mal diseñado. Es más, Camilo Montes, director de ese brazo del gremio industrial, califica al gravamen como “desgarrador”.

Los precios mostrados en este gráfico con los que se hicieron los cálculos fueron tomados de supermercados en octubre 24 de 2023.
Gráfico: El País
| Foto: El País

Sostiene que llega en un momento complejo para los hogares, porque aunque la inflación empezó a ceder, deben destinar gran parte de su presupuesto a la compra de alimentos. Muchas familias están teniendo que reemplazar la proteína de la carne por la de la salchicha, que está en la lista de los alimentos que se encarecerán con el impuesto saludable.

“La realidad de este impuesto es que arranca en un 10 por ciento en este año, para luego llegar al 20 por ciento en 15 meses, lo que va a terminar afectando el bolsillo de la gente”, sostuvo Montes.De la industria de alimentos hacen parte 45.000 empresas, de las cuales el 98,3 por ciento son micro y pequeñas. Y aunque las tiendas fueron excluidas porque no facturarán el tributo, comprar en ellas no evitará que llegue el efecto.

Es decir, compre donde compre, el consumidor será el que lleve el peso del impuesto que le trasladan desde el eslabón más alto de la cadena de producción. Esto en medio de un escenario en el que ya las personas no están logrando adquirir ni los artículos de primera necesidad, debido al elevado costo de vida.

Camilo MontesCámara de Alimentos de la Andi
Camilo Montes, director Cámara de Alimentos de la Andi | Foto: Juan Sebastian Cruz

El Ministerio de Hacienda argumenta que son 21 productos los que quedan gravados dentro de un universo de 443 que hacen parte de la canasta básica de los colombianos, lo que supondría que el efecto inflacionario sería menor. Sin embargo, la Cámara de la Andi dice que se trata de al menos 70, incluidos alimentos que son la alternativa para los estratos 1, 2, 3 y 4. “El impuesto se planteó como monofásico, lo que significa que lo paga el productor o el importador, pero no lo es. El efecto inevitablemente recae sobre varios peldaños de la producción y llega al comprador del producto”.

De hecho, en un concepto emitido por la Dian, se aclara una de las tantas dudas que han planteado los obligados y es ¿en qué escalón se causa el impuesto? La respuesta de la entidad recaudadora es que “se causa en el momento de la venta”.

Golpeados con el etiquetado

La industria de alimentos manifiesta que ya había tenido un golpe económico. Según cuenta Camilo Montes, solo 30 empresas de las más de 80 que hacen parte de la Cámara de Alimentos de la Andi gastaron 74.000 millones de pesos en poner el etiquetado en el frente del producto, pero todo el esfuerzo se perdió. “Tuvimos que volverlo a hacer de cero, porque ya el etiquetado no era redondo sino hexagonal”.

Aun así, ese pasaje de la historia sería un vuelo de pájaro para una industria que mueve más de 90 billones de pesos en ventas. Lo verdaderamente pasmoso para los industriales, al decir del vocero de la Andi, es el diseño de un impuesto que se presta para múltiples interpretaciones. “Dice la norma que no se paga cuando el producto se exporta, pero para producirlo hay que comprar materias primas que tienen el impuesto, como es el caso de una galleta con chip de chocolate. En consecuencia, el producto final que se exporta termina gravado también en el contexto de un país que quiere consolidarse como el que alimenta al mundo, y el ejemplo evidencia que en realidad no es un impuesto monofásico”, criticó.

Los productos sujetos al impuesto están ordenados en dos listados de partidas arancelarias. Uno es el de las bebidas azucaradas y otro el de los alimentos ultraprocesados. Sin embargo, según advierte Camilo Montes, “resulta contradictorio que exista una razón de salud pública para imponer el gravamen y dentro de esas partidas arancelarias queden gravados productos para diabéticos que a veces los requieren para una recuperación nutricional”.

Formato de etiquetado octagonal que establece la resolución 2492 del Ministerio de Salud y Protección Social.
Formato de etiquetado octagonal que establece la resolución 2492 del Ministerio de Salud y Protección Social. | Foto: Captura de pantalla

Cuando se creó y se aprobó el impuesto, la sustentación del entonces ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, era promover un hábito relacionado con el consumo de sodio, azúcares y grasas saturadas que protegiera la salud de los colombianos; por lo tanto, el éxito de la medida sería que se llegara a no recaudar recursos, como ha venido sucediendo con el uso del plástico en los supermercados, donde, poco a poco, la población se ha ido acostumbrando a llevar la bolsa de tela.

En el caso del impuesto saludable, la recomendación de ese entonces fue migrar a otros productos con menores efectos para la salud, pero, según sostiene el directivo de la Andi, “no hay manera”. Montes argumenta que las empresas, una vez fue aprobado el impuesto, empezaron a pensar en reformular los productos teniendo en cuenta que se basa en un umbral de calorías.

“En el componente de alimentos –no en las bebidas– la relación con el impuesto es a partir de las calorías. Con una arepa simple (paisa), por ejemplo, que tiene 120 calorías y cuyos ingredientes son maíz molido y sodio, ¿por dónde se reformula?”.

diabetes
Todos estos alimentos serán más caros, por impuesto. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Por esa razón critica la manera en la que fue estructurado el gravamen, lo que, a su juicio, los tiene maniatados con la reorganización de la fórmula del alimento. “El chocolate, por ejemplo, hágase lo que se haga para modificar su contribución calórica, termina pagando el impuesto. Se le puede quitar azúcar, pero siempre va a tener las calorías de la grasa saturada”.

Por el lado de la Dian, entre tanto, explican que “si un producto comestible en su estado natural tiene 299 miligramos de sodio por cada 100 gramos y se le adicionan 2 miligramos de sodio por cada 100 gramos, superaría el valor a partir del cual dicho producto se considera gravado (mayor o igual a 300 miligramos por 100 gramos)”.

Lo cierto es que, mientras la industria se siente con las manos atadas, el impuesto saludable empieza a regir en Colombia, incluso con el visto bueno de la Corte, que lo declaró exequible.

El magistrado Alejandro Linares, quien tuvo a cargo la demanda contra el artículo de la reforma tributaria, no solo negó que existiera un vicio de procedimiento en la aprobación de la ley, sino que respaldó las tarifas y la razón de implementarla en Colombia.

El magistrado explicó en SEMANA que “inspirada por el economista inglés Arthur Cecil Pigou, la Corte Constitucional señaló que los impuestos pigouvianos se pueden utilizar para corregir o desincentivar ciertas externalidades negativas, como el consumo de bebidas azucaradas dañinas para la salud de la población colombiana”.

Corte
Alejandro Linares, el magistrado de la Corte que lideró la Audiencia Pública, en demanda a la reforma tributaria. | Foto: Transmisión Youtube

Con ese respaldo, el Ministerio de Hacienda dice que el efecto inflacionario por encarecimiento de los productos gravados con el impuesto saludable, en el caso de los alimentos ultraprocesados, será de 0,21 por ciento en 2023; 0,11 por ciento en 2024 y 0,12 por ciento en 2025. Por el momento, ningún pataleo podría echar reversa al impuesto saludable, pues, según expresó un vocero de la Dian, esa entidad no tiene la competencia para modificar una ley que se aprobó en el Congreso de la República.A

hora, lo único que resta esperar es que la medida surta el efecto en la salud que la motivó, pues la salud financiera de los hogares parece no escapar del coletazo.

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