Accesos Norte II ayudará a reconectar el humedal Torca Guaymaral, muy afectado por la construcción de esta vía en los años 50, cuando la protección del medio ambiente no era primordial.
Accesos Norte II ayudará a reconectar el humedal Torca Guaymaral, muy afectado por la construcción de esta vía en los años 50, cuando la protección del medio ambiente no era primordial. | Foto: Cortesía Agencia Nacional de Infraestructura

INFRAESTRUCTURA

Mejoramiento de las vías del país le costará a Colombia $4,87 billones

Los recursos se utilizarían para fomentar el desarrollo de la infraestructura primaria, la red regional, las vías terciarias y férreas que garanticen la conectividad del país.

28 de julio de 2021

Esta iniciativa busca la recuperación de la infraestructura primaria, red regional, vías terciarias y férreas que permiten consolidar una red estratégica de transporte en el país para contribuir a la conectividad de los territorios; impactar positivamente la productividad; promover el cierre de brechas y disminuir la desigualdad regional; contribuir a la reactivación económica; afianzar la presencia del Estado en el territorio, y fomentar el crecimiento sostenible.

De acuerdo con el documento Conpes, el programa busca intervenir 1.625 kilómetros de carreteras primarias, secundarias (regionales) y terciarias en 24 departamentos del país, así como la intervención del mantenimiento y rehabilitación de 278 kilómetros de la red férrea y la solución de 70 puentes de emergencia.

En total, son 17 proyectos que se llevarían a cabo y algunas de las zonas beneficiadas serían Valledupar, Casanare, Cartago, Tolima, Arauca, entre otras.

Vías Conpes
Vías Conpes | Foto: Conpes

Según los cálculos hechos por el Conpes, la ejecución del programa requiere recursos estimados en $4,87 billones para las vigencias 2022-2030, cuya ejecución quedará a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías).

“Solicitar al Instituto Nacional de Vías realizar las acciones necesarias para contratar y ejecutar las actividades que conforman los proyectos de inversión, de acuerdo con la normativa aplicable, procurando la optimización de los recursos y del tiempo durante la ejecución de las obras, así como el desarrollo funcional e integral del proyecto, para garantizar la sostenibilidad de las inversiones”, recomienda el texto.

La intervención de estas vías lograría que se redujeran los costos de operación y tiempos de recorrido en las zonas beneficiadas.

Con respecto a las vías secundarias y terciarias, si bien esta red vial es el último eslabón dentro de los componentes de la red de transporte nacional, estos enlaces son importantes en términos de proveer accesibilidad a la población rural.

La ausencia total o temporal de conectividad en las regiones apartadas del país supone un factor de restricción para proveer los servicios básicos esenciales a población vulnerable en términos de educación, salud, mercados locales y oportunidades laborales”, dice el Conpes.

Además, se estima que la realización de estos trabajos tienen un impacto positivo en la productividad laboral y comercial de las regiones.

“Los proyectos de inversión que se declaran de importancia estratégica mediante el presente documento, con impacto en la reactivación y crecimiento sostenible de la productividad regional y que, por sus características de ejecución superan el período de gobierno, garantizan la complementariedad de las inversiones actualmente en ejecución en el sector transporte; la disminución anual de costos de operación; y la continuidad en términos de generación de empleo”, agrega el documento.

El documento Conpes le solicitó al Ministerio de Transporte y al Instituto Nacional de Vías realizar las acciones necesarias para adelantar el trámite correspondiente para la aprobación de vigencias futuras excepcionales requeridas para la financiación y ejecución de los proyectos de inversión para las obras de infraestructura.

Es de mencionar que el Confis, en sesión del 14 de Julio de 2021, otorgó el correspondiente aval fiscal para la solicitud de vigencias futuras excepcionales, en concordancia con el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo, teniendo en cuenta que el objeto de los proyectos de inversión declarados de importancia estratégica se encuentra en línea con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 819 de 2003 y de conformidad con el artículo 2.8.1.7.1.3 del Decreto 1068 de 2015.