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Desde el 31 de julio se debe portar el salvoconducto | Foto: Aunap

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Aunap notifica el porte obligatorio de salvoconducto para pesqueros y acuicultores

Redacción Semana
1 de agosto de 2023

Los Lineamientos para la Implementación o Movilización Segura es un documento que contempla la movilización de recursos y/o productos pesqueros y acuícolas en todo el territorio nacional (Resolución N.° 1553 de 2023) y permite el control, seguimiento y gestión por parte de la Autoridad Nacional de Acuacultura y Pesca (Aunap), vigilando así el volumen de movilización.

Salvoconducto peses
Los Lineamientos para la Implementación o Movilización Segura es un documento que contempla la movilización de recursos y/o productos pesqueros y acuícolas en todo el territorio nacional. | Foto: AUNAP

A partir del 31 de julio de 2023, luego de 13 meses lectivos, toda persona natural o jurídica que movilice recursos y/o productos de la pesca y la acuicultura dentro del territorio nacional por transporte terrestre, aéreo, marítimo o fluvial, deberá portar un salvoconducto, actas o lineamientos emitidos oficialmente por la Aunap para satisfacer los requerimientos de las autoridades civiles, administrativas, militares o policiales en cualquier momento y lugar.

La emisión del Certificado de Conducta Segura es gratuita y puede ser solicitada por el licenciatario o permisionario en línea a través de la página web de la Aunap (www.aunap.gov.co) o a través de la aplicación móvil de salvoconductos en Play Store y App Store. Tenga en cuenta que solo tiene una vigencia de 3 días y solo cubre recursos pesqueros y acuícolas y/o productos autorizados por la Aunap. No tiene efecto sobre la movilización de recursos prohibidos, recursos que no están cerrados ni por debajo del tamaño mínimo.

Para la movilización dentro de una misma ciudad desde el punto de origen hasta el destino final, se requerirá un único salvoconducto. Cuando la ruta incluya la descarga en varias ciudades en la misma ruta, también se requerirá una hoja de comportamiento de seguridad, completando el lugar de descarga.

Los titulares que no deben portar el salvoconducto son: los pequeños acuicultores, acuicultores de subsistencia, pequeños comerciantes y pescadores artesanales. Para estas personas la movilización estará amparada con el carné original expedido por la Aunap. Las personas naturales o jurídicas que cuenten con permiso de comercialización para exportación, exhibición, acuaristas y pequeños acuaristas de peces ornamentales, quienes están amparados por la resolución mediante la cual se otorga el correspondiente permiso.