Muchos colombianos desconocen el valor del interés que pagan por utilizar estos servicios. | Foto: 123RF

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Nuevas reglas para créditos de consumo

Mediante una resolución de la Superfinanciera estableció la norma que rige en Colombia desde el primer de octubre 2014.

3 de octubre de 2014

Según las cifras del más reciente informe de la Superintendencia Financiera del mes de julio, el portafolio de consumo mantuvo en julio la tasa de crecimiento promedio de 8.7%, en términos reales anuales. La modalidad cerró el mes con una variación real anual de 8.69%, tras alcanzar un saldo total de $83.83 billones.

Adicionalmente en Colombia hay $12.417.217 tarjetas de crédito que utilizan los colombianos para cubrir muchas de sus necesidades. Pese a la masiva presencia de dinero plástico en el país y a la dinámica del crédito consumo, muchos colombianos desconocen el valor del interés que pagan por utilizar estos servicios.

Según una resolución expedida por la Superintendencia Financiera, la entidad certifica que el interés bancario corriente efectivo anual para el crédito de consumo y ordinario es del 19.17% el cual estará vigente del 1 de octubre al el 31 de dic 2014.

En el caso del Microcrédito, las tasas establecidas estarán en el 34.81% para el periodo comprendido entre el 1 de octubre del 2014 y el 30 de septiembre de 2015

De acuerdo a lo citado anteriormente, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, 28.76% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario y 52.22% efectivo anual para la modalidad de microcrédito.