Los efectos de la eliminación de las cláusulas en los operadores móviles podrían estancar el dinamismo en el procesos de adopción de los nuevos desarrollos que implican día a día las tecnologías móviles. | Foto: Bloomberg

ANÁLISIS

El regreso de las cláusulas de permanencia

La Resolución 4444/14 de la CRC pareciera ha forjado una restricción que impide el libre acceso de las tecnologías 4G para los colombianos.

Raúl Ávila Forero
12 de abril de 2016

Esta regulación por la cual se prohibió el establecimiento de cláusulas de permanencia mínima en los servicios de las comunicaciones móviles, ha representado un problema para las compañías de telefonía móvil las cuales argumentan que sin este tipo de cláusulas, los usuarios no logran adquirir los equipos más modernos, los cuales admiten tecnología 4G. Sin embargo esta ley surgió como un mecanismo que en teoría favorecería a los clientes, ya que estos no se verían atados a permanecer con un servicio que no satisfacía por completo sus necesidades, y con el cual estaban inconformes.

A pesar de lo anterior, al parecer han sido mayores los problemas que se han desencadenado por ese suceso que los beneficios. Si bien, el propósito del proyecto fue la disminución de los costos para los usuarios a la hora de cambiar de operador de servicios de comunicaciones, entendiendo por estos  televisión, internet y voz, esto ha liberado un inconveniente, y es que a la hora de que un usuario desee adquirir un equipo móvil para poder acceder a los planes que la empresa ofrece, los suscriptores deberían llevar el equipo o comprarlo de contado, perdiendo el subsidio al terminal al que se accede con dichas cláusulas. Esto genera que algunos clientes se abstengan de comprar o renovar sus celulares, dada la dificultad de poder acceder a un nuevo móvil, por lo tanto, no tiene acceso al uso de mejores tecnologías.

Según un estudio realizado por la firma Malagón-Martínez para Asomóvil en 2013 “Incidencia de la eliminación de la cláusula de permanencia sobre la eficiencia en telefonía móvil”, en el cual participé, concluíamos que los efectos de la eliminación de las cláusulas en los operadores móviles podrían estancar el dinamismo en el procesos de adopción de los nuevos desarrollos que implican día a día las tecnologías móviles; asimismo, existía el riesgo inminente de encarecer relativamente los precios de los teléfonos más novedosos que se encuentran en uso en el mercado, y se podrían poner barreras para el acceso a los usuarios que quieren cambiar su modalidad de cobro de prepago a postpago. Esto, ha ido en contra del aumento de bienestar de los consumidores, teniendo en cuenta que se ha incrementado el contrabando de los diferentes equipos y se ha incentivando el hurto de equipos en el agregado del país.

Entre otros, estos han sido algunos de los argumentos que han impulsado la reciente decisión planteada por el Min TIC de pedirle a la Comisión de Regulación de Comunicaciones CRC, que realice un análisis que permita evaluar la posibilidad del regreso de las cláusulas de permanencia como una opción para los usuarios de telefonía móvil, mencionando que no sería una obligación para los usuarios el vincularse en este tipo de contratos, sino que sería una opción que incentivaría la compra de equipos de última generación. Esto permitiría una mayor penetración de las tecnologías 4G, disminuiría costos para las diferentes compañías, y aumentaría el bienestar de los usuarios.

Dentro de esta coyuntura, es necesario aclarar que la eliminación de las cláusulas surgió por una cuestión de abuso por parte de los operadores hacia los consumidores. Según se ha mencionado en algunos medios, muchos de los usuarios de las diferentes compañías afirmaron que los servicios recibidos eran bastante deficientes, y que, el haber prohibido las cláusulas, incentivó a que muchas compañías mejoraran sus servicios, pero no en la plena calidad que esperaríamos.

Bajo este escenario, la CRC debería retomar el estudio presentado en 2013 por Asomóvil para examinar las alternativas planteadas, como insumo a este nuevo análisis solicitado por el Ministerio. Este estudio mencionaba que para lograr ofrecer un buen servicio, y evitar el abuso por parte del prestador, se deben implementar diferentes factores tales como: i)  la cláusula ha de ser pactada expresamente en el contrato; ii) el operador ha de prestar un apoyo económico al usuario, consistente, por ejemplo, la realización de ofertas de precios especiales respecto a los comercializados con carácter general, y iii) acordar un monto de indemnización por ambas partes en caso de incumplimiento del contrato, en donde no sólo se especifique la permanecía obligatoria del usuario con el servicio sino, además especificando el incumplimiento por falta de calidad del servicio, a lo largo del tiempo pactado de permanencia.

La realidad es que el compromiso de permanencia es utilizado hoy en día por la mayoría de operadores en el mundo con la finalidad de garantizar que el cliente no se irá a la competencia antes de finalizar el contrato. Esto podría ser utilizado en Colombia al igual que en otros países, imponiendo ciertos límites que permitan un equilibrio tanto de las compañías móviles como de los consumidores, asegurando sus clientes y recibiendo un servicio de calidad que es tan necesario hoy en día. 

Raúl Ávila Forero