Presidente de la Sociedad Colombiana de Ingenieros, Diana María Espinosa Bula.

Infraestructura

Ingeniería colombiana en aprietos

La Sociedad Colombiana de Ingenieros se une a las preocupaciones de la CCI, frente a la nueva fórmula de contratación que pone en riesgo a las constructoras.

24 de marzo de 2014

El 14 de marzo de 2014, la Agencia Nacional de Contratación (ANC), dio a conocer una guía para el cálculo de la Capacidad Residual.

De la lectura del documento se deduce que el Concepto Técnico de la Sociedad Colombiana de Ingenieros, emitido el 14 de febrero, en acatamiento de lo ordenado por el artículo 72 de la ley 1682 de 2013, no fue tenido en cuenta.

La afirmación la hizo la presidente de la SCI, Diana María Espinosa, quien remitió una carta en ese sentido a la directora de Colombia Compra Eficiente, María Margarita Zuleta.

Las objeciones de la SCI 

El puntaje que se da a los indicadores financieros por encima de los que se puedan obtener por experiencia que, para la SCI, es el mayor activo de ingenieros y empresas contratistas resulta inconveniente, al igual que la determinación de solo tener en cuenta para la capacidad organizacional el mejor año de los últimos dos, desechando la propuesta de la SCI, basada en los ciclos de la contratación, de promediar los mejores ingresos de dos años de los últimos cinco.

La reaparición del patrimonio como elemento fundamental para el cálculo de la capacidad financiera desconoce la realidad de la contratación de obra pública, pues no es el patrimonio del contratista lo que garantiza el éxito del contrato, pues los recursos los debe aportar el contratante, que es quien compra, y no el contratista que es quien vende.

Resulta inaceptable que la ANC pretenda desconocer el espíritu del artículo 72 de la Ley de Infraestructura y para ello, acuda al expediente de calcular en forma diferente el concepto de capacidad organizacional, utilizando el indicador de rentabilidad prohibido por la ley para los requisitos habilitantes y los ingresos con la falencia ya anotada, para calcular la capacidad de contratación.

Al modificar la fórmula propuesta por la SCI en su concepto técnico, obliga a obtener los máximos puntajes en experiencia, capacidad financiera y capacidad técnica so pena que el contratista, ilógicamente, vea reducida su capacidad de contratar comparada con los años anteriores.

El documento publicado parte de una premisa equivocada para obtener los saldos de los contratos en ejecución, pues en vez de tener en cuenta, como siempre se ha hecho, las actas de obra radicadas y aceptadas por la entidad que son las que realmente indican lo ejecutado, propone una ecuación lineal para el desarrollo de la inversión lo cual es contrario a lo que ocurre en la ejecución de los contratos.

En síntesis la negativa sistemática de la ANC a tener en cuenta el concepto técnico de la SCI, que es un mandato legal, pone en aprietos a los contratistas colombianos, ingenieros, arquitectos y empresas dedicadas a la contratación de obra pública pues al no poder competir estarían condenadas a desaparecer y, a las entidades las enfrenta a la posibilidad de ver frustradas las posibilidades de desarrollar sus proyectos porque quienes siempre han atendido sus requerimientos contractuales ahora no cumplen por los efectos negativos de una directriz equivocada.

Ejemplo

De acuerdo con la guía para "administrar", pues los recursos los provee el contratante, $1.000 millones del Estado según los puntajes establecidos para experiencia, Capacidad financiera, Capacidad técnica y Capacidad organizacional, el contratista que pretenda obtener el mayor puntaje debe:

i) Haber facturado en su vida empresarial $ 20.000 millones, ii) Poseer un patrimonio de $ 5.000 millones y tener un índice de liquidez de 2.0, iii) Contar con 19 profesionales, iv) Haber tenido ingresos en uno de los dos años anteriores de $ 1.000 millones y v) No tener saldos por ejecutar.

Esa es una situación ideal que solo se consigue en el "laboratorio", eso está lejos de la realidad y solo demuestra que la guía plasma situaciones hipotéticas que solo servirían como " malos ejemplos" de clase.

La preponderancia del tener sobre el saber y el hacer resulta inaceptable para la SCI y por ello no comparte la Guía para el cálculo de la capacidad residual propuesta por la ANC.