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Ad portas de una nueva reforma pensional

Transcurridos 19 años de aprobada la Ley 100 de 1993, continúan la baja cobertura y presión fiscal. Opinión de Raúl Armando Cardona.

Dinero
3 de octubre de 2012

Con dicha reforma se implementaron entre otras las siguientes medidas: aumento de aportes del 4 al 12% del salario; incremento de la edad de pensión y semanas a cotizar; eliminación de varios regímenes especiales y la creación el régimen de ahorro individual –RAI, administrado por instituciones privadas con mayor rentabilidad y solidez. Este régimen privado funciona en forma paralela al de prima media-RPM, administrado por el Seguro Social y desde el primero de octubre del presente año por Colpensiones.

También buscaba la promulgación de la Ley 100 generar conciencia acerca de la importancia de los aportes como ahorros para pensionarse, dado que era común en ese momento (y aún lo es), que trabajadores independientes e incluso empresarios no aporten lo correspondiente a los ingresos que devengan por una pobre visión de futuro y por considerarlo como un gasto.

Posteriormente, las siguientes medidas fueron aprobadas en los últimos 10 años en reformas adicionales: nuevo aumento de los aportes (llegando en forma paulatina al 16% del salario base); suspensión del régimen especial del magisterio; eliminación de la mesada catorce; y tope a la pensión máxima de 25 SMLV. Con estas reformas se redujo el pasivo pensional, estimado en valor presente en el 141% del PIB colombiano (ANIF, enero de 2012).

Sin embargo, distintos actores tales como el Ministerio de Hacienda, Fedesarrollo, Anif, Asofondos y el Centro de Investigaciones Económicas y Financieras - Cief de Eafit, entre otros, promueven una nueva reforma al sistema, teniendo en cuenta los siguientes factores: mayor expectativa de vida (proyectada en promedio para 83 años) e informalidad laboral del 50% en promedio. Este último fenómeno se manifiesta en los 6 millones de afiliados activos de los 21 millones de colombianos ocupados, cifra que genera una cobertura del 28,6%, muy inferior al 89,6% que tiene el régimen contributivo de salud (cifras del Dane).

Adicional a los anteriores, están la exigencia legal de pensión no inferior a un salario mínimo legal vigente, el traslado constante de personas del régimen de ahorro individual al régimen de prima media, la pensión familiar y los beneficios económicos periódicos- BEPs-- aprobados por la Ley 1328 de 2009--. Estos beneficios comprometen al Estado desde diciembre próximo a aportar el 20% de lo ahorrado por las 7 millones de personas que ganan menos de 1 SMLV; generando un desequilibrio fiscal por el mayor gasto pensional-- que equivale al 3% sobre el PIB-- y poniendo en riesgo el cumplimiento de la regla fiscal aprobada el año 2011. Por ello no es de extrañar que próximamente se realice una reforma al sistema, buscando mejorar su viabilidad y aumento de cobertura.

De forma paralela a la posible reforma pensional, muchas empresas son responsables de legalizarse y reducir la informalidad laboral, aprovechando los beneficios de la Ley de Formalización y Primer Empleo y contribuyendo al aumento de cobertura del sistema pensional.

Pero también las personas deben ser conscientes del papel proactivo que tienen en las metas del retiro y mejorar la pensión a lograr en el sistema obligatorio, para lo cual es fundamental entre otros: establecer una visión de largo plazo; seguirla con disciplina; organizar las finanzas personales; aumentar el ahorro voluntario; aportar sobre los ingresos que se devengan, lo que aplica para trabajadores independientes e informales. Por estas razones, el sector académico colombiano está llamado a contribuir de forma decidida a mejorar los niveles de educación financiera de la población colombiana.


* Profesor, Escuela de Economía y Finanzas, Universidad Eafit