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PROYECTO DE REFORMA FISCAL

Revolcón tributario

El Ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, y el director de la DIAN, Óscar Franco, presentaron el proyecto de reforma tributaria que radicará el gobierno en el Congreso el próximo 20 de julio. Dinero.com les explica a continuación en qué consiste.

María Antonia Pardo
6 de julio de 2006

En términos generales, la reforma busca simplificar el Estatuto Tributario (pasará de 1.100 a 250 artículos), promover el crecimiento, formalizar la economía y asegurar la sostenibilidad fiscal del país. Las medidas propuestas también están encaminadas a recuperar el grado de inversión quitado por las agencias calificadores de riesgo en 1999, por culpa del manto de duda que recayó sobre la capacidad del país para pagar su deuda. A finales de la década de los 90, y gracias a la fuerte contracción económica del orden del 4,3% sufrida en ese período, Colombia perdió la buena calificación de sus emisiones de deuda y títulos valores. Ahora quiere recuperarla pero la posición de las agencias de calificación es clara: sin reforma fiscal, pensional y de transferencias, Colombia seguirá en grado de especulación, catalogado como un país de alto riesgo para invertir.
 
Sobre el 4 X 1000 el panorama todavía no es claro. Se estudian alternativas para desmontarlo o por lo menos bajarlo, pero no está nada definido en el proyecto de reforma presentado ante los medios. El Ministro, sin embargo, dejó ver claramente su interés en eliminar dicho impuesto, pero enfatizó que entiende la postura de quienes prefieren reducirlo sin desaparecerlo.
 
Impuesto de renta para asalariados
El proyecto establece quiénes deben pagar este impuesto y qué porcentaje tienen que cancelar. Es así como de los 20 millones de colombianos que conforman la población económicamente activa, el 10% estaría obligado a pagar el impuesto de renta para asalariados. En palabras del ministro Carrasquilla, el 90% de ellos, es decir, 18 millones de personas “no pagarán un peso por concepto de este impuesto” pues perciben ingresos inferiores a siete salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
 
Quienes devenguen más de 7 y hasta 20 SMLMV pagarán 15% de impuesto de renta. El último grupo, conformado por los asalariados que devengan más de 20 SMLMV, deberá cancelar por concepto de este impuesto una tarifa del 33%. Según Carrasquilla, los obligados a pagar la tarifa más alta no representan más del 0,1% de la población asalariada.
 
Teniendo en cuenta que el régimen actual grava a partir de ingresos superiores a 5 SMLMV, la reforma reducirá a 2 millones el número de contribuyentes obligados a pagar renta. Tal vez por ello la principal crítica de Fedesarrollo se concentró en este ítem pues sus analistas consideran que en un país como Colombia deberían ser muchos más los asalariados declarantes de renta.
 
También levantó ampolla la propuesta de eliminar las exenciones a rentas laborales como los aportes a cuentas AFC, las pensiones voluntarias u obligatorias, los aportes a salud o educación, la renta exenta del 25%, entre otros.
 
Pero el Ministro argumentó que la reforma, buscando defender el principio de equidad, logrará que individuos de la misma capacidad contributiva paguen el mismo nivel de impuestos independientemente a cuántos beneficios se acojan. La renta líquida ya no se vería entonces afectada por el número de beneficios exentos de ser gravados, pues esas exenciones se desmontarían.
 
Los pensionados que reciban hasta 50 SMLMV seguirán exentos de pagar impuesto de renta, lo cual es inaudito en algunos casos: ¿cómo es posible que una pensión equivalente a 20 millones de pesos no pague renta?
 
Impuesto de renta para negocios
La reforma contempla una reducción del impuesto de renta para negocios que en la actualidad es del 38,5% por la sobretasa. Dicho impuesto bajaría a una tarifa del 33% en el primer año y al 32% en el segundo año. El mínimo exento para negocios personas naturales será de 7 SMLMV.
 
Otras modificaciones que llaman la atención son la eliminación de los ajustes por inflación, el desmonte gradual de la renta presuntiva y la posibilidad que se le abre a los contribuyentes de utilizar los créditos fiscales por pérdida en la totalidad de su monto (quedaría atrás el límite del 25% anual) y en el momento que deseen (con el régimen actual se dichos créditos se pierden después de ocho años).
 
Según el Ministro Carrasquilla, lo relevante al tema de depreciación de activos fijos es uno de los cambios más importantes que incorpora el proyecto de reforma tributaria, por cuanto “le reconoce al empresario el pleno costo del capital.” El proyecto propone acabar con los múltiples métodos y plazos para depreciar bienes como maquinaria, planta, equipos y edificios, y unificarlos en un sistema de depreciación inmediata después del primer año de la compra.

Impuesto sobre las ventas
En el régimen actual, cualquier ciudadano que tenga ingresos anuales superiores a 60 millones de pesos y/o un patrimonio superior a 80 millones de pesos, debe estar en el régimen común, retener IVA y declararlo ante la DIAN bimensualmente. Para ello tiene que asesorarse de un contador y diligenciar una serie de trámites que suelen ser engorrosos, complicados, y por ende, favorecen la evasión.
 
El gobierno pretende hacer más sencillo este proceso y para ello propone que se ubiquen en el régimen simplificado todos aquellos ciudadanos que obtengan ingresos inferiores a 80 millones de pesos, independientemente del patrimonio que posean. Con esta decisión pasarían al simplificado 400.000 personas que actualmente se encuentran en un limbo tributario.
 
En cuanto a la tarifa del IVA, se establece en el proyecto de reforma que de las nueve tarifas vigentes hoy día quedarán sólo dos: una general y una diferencial. La primera estará entre 16% y 17%, y la segunda entre 10% y 12%. Para los bienes suntuosos la tarifa quedaría en 25%. La gran novedad sobre el impuesto a las ventas es que los productos de la canasta familiar que aún continúan exentos de IVA, se gravarían con el 10%, exceptuando salud, educación, arriendos y transporte público. Es decir, subiría el precio del pan y la leche, de la yuca y la papa, por citar algunos.
 
El Ministro Carrasquilla minimizó el impacto que esta medida pueda tener argumentando que “de los 160 productos que conforman la canasta familiar ya están siendo gravados el 53% de ellos. Con la reforma se pasaría al 70%. Por lo tanto el cambio no es muy grande ya que seguiría quedando por fuera el 30% de los gastos.”
 
Esta medida cobijaría a todos, sin distinción de estratos. Pero como la Corte Suprema dictaminó que no se puede perjudicar a la población vulnerable, el proyecto contempla un sistema mediante el cual se les devolvería el IVA a las familias inscritas en el SISBEN 1 y 2. Aproximadamente son 20 millones de personas distribuidas en cinco millones de familias en todo el país. La devolución del IVA se calcula restándole al 10% correspondiente a la tarifa diferencial, el 5,25%, que es el IVA que esas familias pagan actualmente. Como resultado se obtiene un 4,75% que corresponde al porcentaje que devolvería el fisco a dichas familias. Se estima que la devolución del IVA por hogar rondaría los 294 mil pesos al año.
 
Para ganar la confianza de los más vulnerables en el nuevo régimen, el Ministro propuso en la rueda de prensa devolver de forma anticipada el equivalente a ese 4,75% y consignarlo en las cuentas bancarias asignadas a las cabezas de los hogares niveles 1 y 2 censados por el SISBEN.
 
Estímulos a empresarios
La reforma no toca los estímulos vigentes en cuanto a reinversión de utilidades se refiere. El descuento sobre la renta del 30% se mantendrá entonces para quienes aumenten las inversiones productivas pues el gobierno considera que la tasa de retorno es elevada y contribuye con el aumento de la inversión privada.
De igual forma se mantendrán los acuerdos que favorecen a cultivos de tardío rendimiento como los de palma de cera y caucho y que tienen que ver con diferimiento de impuestos. Parece ser que el plazo que se les concedió para empezar a pagar impuestos no será tocado por la reforma.
 
El Ministro Alberto Carrasquilla finalizó su presentación diciendo que este proyecto de reforma tributaria presentado a uribistas, analistas y periodistas, no es necesariamente el documento que se radicará el 20 de julio. Quedan varios días de largos debates y consensos. Amanecerá y veremos qué es lo que llega a debatirse al Congreso.