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Mas solicitudes para estabilidad jurídica

Los contratos de estabilidad jurídica suscritos entre inversionistas y Estado, han dejado como resultado aproximadamente inversiones de $7 billones.

15 de febrero de 2008

Así mismo han generado 40.000 empleos entre directos e indirectos, según lo dio a conocer el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Para 2008, se tiene previsto aprobar 20 solicitudes y suscribir 14 contratos, según los compromisos asumidos dentro del plan estratégico del Mincomercio.

Según el titular de esa cartera, Luis Guillermo Plata, el cronograma de actividades para la vigencia de 2008 comprende la realización de talleres de divulgación en 6 ciudades, a partir de los cuales se espera motivar a las empresas para que aprovechen esta herramienta que les permite lograr mayores niveles de competitividad.

Hasta la fecha, se han presentado 44 solicitudes de contratos de estabilidad jurídica, de las cuales se han aprobado 20 y suscrito 8. Empresas como Bavaria, Alpina, Proficol Andina, Divco, Almacenes Éxito, Sofasa y Comertex, han firmado acuerdos de esta naturaleza.

Los contratos tienen como finalidad promover inversiones y ampliar las existentes, dentro de un marco jurídico claro y a largo plazo. Esto apunta, según el titular de la cartera de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata, a generar empleo de calidad para los colombianos. “No podemos olvidar que los inversionistas buscan estabilidad jurídica, que garantice sus inversiones, a la hora de crear empresas o ensanchar las ya existentes”, señaló.

La Ley del Inversionista (Ley 963 de 2005), mediante la cual se instaura en Colombia la norma de estabilidad jurídica, respeta el derecho a la igualdad y señala que de los contratos de estabilidad jurídica podrán ser parte los inversionistas nacionales y extranjeros, ya se trate de personas nacionales o jurídicas, así como los consorcios que realicen inversiones o amplíen las existentes en el territorio nacional, por un monto igual o superior a 7.500 salarios mínimos mensuales vigentes, que equivalen a 156.944 Unidades de Valor Tributario (UVT).

Los proyectos de inversión pueden estar relacionados con cualquier actividad que apruebe el Comité de Estabilidad Jurídica, aseguró el Ministro, al aclarar que no se incluyen, sin embargo, las inversiones extranjeras de portafolio.

Los contratos, entendidos desde esa perspectiva, son necesarios, pues no se visualiza otro medio para cumplir con la finalidad que persigue la ley de combatir la inestabilidad jurídica, y a su vez promover la inversión, explicó Plata. La norma en referencia es clara en no sacrificar los intereses de quienes invierten en Colombia y facilitan la reactivación del aparato productivo. Adicionalmente, permiten que quienes no cuenten con los recursos previstos en la ley, pueden llegar a unir sus capitales, integrar un consorcio y solicitar este beneficio. 

“Hay que atraer capitales extranjero frescos, y el instrumento de garantizarle a los inversionistas extranjeros que las normas bajo las cuales se conciben los proyectos no van a ser modificadas durante el término de vigencia del contrato, es muy importante y prioritario para el Gobierno Nacional. Es un incentivo clave que debemos promover”, afirmó Plata.

El contrato de estabilidad jurídica también ha sido objeto de reglamentación en varios países de Latinoamérica. Es el caso de Panamá, Perú, Chile y Ecuador, donde, gracias a este mecanismo, la Inversión Extranjera Directa ha crecido considerablemente.

LOS PASOS
Para la solicitud de celebración de un contrato, el empresario debe describir, de la forma más completa posible, el proyecto, e incluir un cronograma de las inversiones que se van a desarrollar.

Adicionalmente, se debe hacer referencia a la cuantía de la inversión y establecer el plazo para efectuarla. Si ésta se realiza de manera fraccionada, el empresario tiene que fijar un cronograma que determine cuándo se efectuará cada parte de la inversión.

También la norma exige como requisito adjuntar estudios de factibilidad técnica, económica y financiera, planos y demás documentos que sirvan de soporte a la inversión.

En la información suministrada, el empresario debe referirse al impacto económico y social del proyecto en términos de empleo, principalmente, durante la vigencia del contrato.

Sobre este último punto, el ministro Plata destacó que se trata de un aspecto sustancial, pues es una contraprestación del inversionista ante la prerrogativa especial que le da el Estado de congelar unas normas en el tiempo.

Según el funcionario, en el documento Conpes (3366 de 2005) se establece cuáles podrían ser esos impactos. Puntualmente hace referencia al empleo, la generación de divisas, el incremento del Producto Interno Bruto (PIB), la transferencia de tecnología, el desarrollo regional y el encadenamiento productivo, entre otros.