Home

Empresas

Artículo

Telecomunicaciones

Expiden decreto de convergencia

Así mismo, se introducen mecanismos eficaces para procesos de asignación de permisos de uso del espectro radioeléctrico y se posibilita la cesión de dichos permisos, previa autorización del Ministerio.

1 de agosto de 2007

El Gobierno Nacional expidió el decreto 2870 del 31 de julio de 2007, llamado de convergencia, que contempla como medidas principales la disminución de barreras de entrada para los inversionistas, la obligación de que los operadores con posición dominante en el mercado ofrezcan servicios mayoristas y la reorganización de la gestión del espectro radioeléctrico.

El Decreto de Convergencia promueve la entrada de nuevos operadores al sector de telecomunicaciones como respuesta a los desafíos de la convergencia tecnológica, entendida ésta como la posibilidad de proveer sobre diversas redes (fijas, móviles, por cable) tanto los servicios tradicionales de comunicaciones como sus innovaciones en los campos de voz, datos, sonidos e imágenes.

 

Ejemplos de convergencia ya se tienen en Colombia, tal es el caso de los operadores de cable cuando ofrecen Internet, telefonía y televisión por suscripción a través de su red o cuando los operadores de telefonía móvil introducen servicios como el acceso a Internet, la descarga de vídeos adicionales al servicio de voz.

En cuanto a la eliminación de barreras de entrada para los inversionistas, se crea el Título Habilitante Convergente que permite con una licencia la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, tales como telefonía de larga distancia y servicios de valor agregado. Se exceptúan de este título los servicios de Televisión, Radiodifusión Sonora, Telefonía Móvil Celular (TMC), Servicios de Comunicación Personal (PCS) y los servicios de Telefonía Pública Básica Conmutada Local, Local Extendida y Telefonía Móvil Rural.


El valor por la expedición del Titulo Habilitante Convergente es equivalente a 3 salarios mínimos mensuales legales vigentes.


Adicionalmente, en este decreto se establece que el Ministerio de Comunicaciones revisará las contraprestaciones periódicas de operadores de telecomunicaciones al Fondo de Comunicaciones para determinar su reducción gradual hasta un límite del 3% de sus ingresos brutos en el 2010.

Por otra parte, con el fin de optimizar el uso y aprovechamiento de la infraestructura existente, se introduce la obligación para los operadores de telecomunicaciones, con posición dominante en un mercado, de ofrecer al por mayor minutos, ancho de banda o similares, a terceros, para que éstos suministren servicios al público. Al mismo tiempo se establecen las condiciones comerciales, económicas y técnicas que garantizan la sostenibilidad de este modelo de negocio.

En esta línea, el decreto crea la figura de desagregación de las instalaciones esenciales, así como de las cabezas de los cables submarinos y el bucle de abonado, como obligación para los proveedores con posición dominante.

“La provisión de nuevos paquetes de servicios de telecomunicaciones a precios sustancialmente más bajos es una realidad a nivel mundial. Colombia debe aprovechar estas nuevas opciones para beneficio de todos los colombianos y el aumento de la competitividad de nuestras empresas. Es por esta razón que el denominado Decreto de Convergencia, entre otros, facilita la entrada de nuevos inversionistas, maximiza la utilización de la infraestructura de telecomunicaciones y el desarrollo de nuevos servicios apoyados en las tecnologías de información y comunicaciones (TIC)” sostuvo la Ministra de Comunicaciones, María del Rosario Guerra.