Nuevas sanciones impuso la AMV sobre ex funcionarios de Interbolsa. | Foto: Archivo Semana.

Financiera

Nuevas sanciones por caso Interbolsa

La AMV expulsó del mercado al ex contralor normativo de la firma. Además impuso sanciones contra seis ex funcionarios de dicha entidad.

13 de enero de 2014

La Sala de Revisión del Tribunal Disciplinario sancionó a Leonardo Uribe Correa, en su condición de ex contralor normativo de Interbolsa S.A., así como a Alina María Martínez Arango, Camilo Ignacio Orrego Díaz, Carlos Mario López Arcila, Luz Marina Hernández Casallas, Adriana del Carmen González Corrales y Miguel Francisco Merjech Garzón, ex funcionarios de dicha sociedad.

Dicho tribunal impuso a Uribe Correa las sanciones de expulsión del mercado y multa de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes, por el incumplimiento de las obligaciones que le correspondían en su calidad de contralor normativo de la comisionista.

La sala encontró acreditado que el disciplinado no cumplió sus obligaciones en el sentido de establecer procedimientos para asegurar el cumplimiento normativo referido a la protección de activos y recursos de los clientes, proponerle a la Junta Directiva la adopción de medidas concretas para asegurar comportamientos éticos e informarle la ocurrencia de irregularidades que pudieran afectar el sano desarrollo del objeto de la sociedad.

En consecuencia, consideró que el investigado transgredió el artículo 21 de la Ley 964 de 2005 y el 7.7.2.2.2., del Capítulo Noveno, Título I, de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia.

El tribunal también impuso a seis ex funcionarios de Interbolsa, sanciones de suspensión y multa en los siguientes términos:

Alina María Martínez Arango, suspensión de tres años y multa 100 salarios; Camilo Ignacio Orrego Díaz, suspensión de tres años y multa de $7.9 millones; Carlos Mario López Arcila, suspensión de dos años; Luz Marina Hernández Casallas, suspensión de un año y multa de $9.8 millones, y Adriana del Carmen González Corrales, suspensión de tres años y multa de 100 salarios.

En todos estos casos se encontró demostrado que los disciplinados dieron a los recursos de alguno o algunos de sus clientes un fin no autorizado expresamente a través de órdenes que reunieran las exigencias reglamentarias.

Con estas conductas los investigados desatendieron las prescripciones y principios que les imponían el deber de ajustar su proceder a unos parámetros generales de comportamiento profesional de los operadores del mercado.
Por ende, vulneraron los artículos 1271 del Código de Comercio; 36.1, 36.6 y 41 del Reglamento de AMV, en concordancia con el artículo 50 [m] de la Ley 964 de 2005.

Finalmente, la Sala de Revisión del Tribunal rechazó por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por el exfuncionario de la misma comisionista Miguel Francisco Merjech Garzón contra la decisión de primera instancia, que le impuso las sanciones de expulsión del mercado y multa de $5.1 millones al encontrar acreditado que el investigado desconoció los deberes generales de lealtad, probidad comercial y profesionalismo exigibles a los sujetos de autorregulación, conductas con las cuales incumplió los artículos 1271 del Código de Comercio; 36.1, 36.6 y 41 del Reglamento de AMV, en concordancia con el artículo 50 [m] de la Ley 964 de 2005.