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El mercado de los papeles suaves o tisú en Colombia, integrado ascendió desde el año 2000 hasta el 2013 a $10 billones aproximadamente, que a valores actualizados de 2013 equivaldrían a más de $12 billones | Foto: Archivo Dinero.

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¿Ahora cartel del papel higiénico?

Al del pañal ahora se sumó el del papel higiénico. La Superindustria formuló pliego de cargos contra Familia, Kimberly, Papeles Nacionales, Cartones y Papeles de Risaralda y Drypers.

24 de noviembre de 2014

La Superintendencia de Industria y Comercio anunció pliego de cargos contra estas empresas por presuntas infracciones al régimen de libre competencia derivadas de su participación en acuerdos anticompetitivos (cartel empresarial) con el fin de fijar artificialmente los precios de los papeles suaves o tisú en Colombia, segmento integrado por papel higiénico; servilletas; toallas de cocina; y pañuelos para manos y cara.

El mercado de los papeles suaves o tisú en Colombia, integrado ascendió desde el año 2000 hasta el 2013 a $10 billones aproximadamente, que a valores actualizados de 2013 equivaldrían a más de $12 billones. Actualmente, los papeles suaves o tisú tienen un mercado superior a $1 billón al año, según la Encuesta Anual Manufacturera del Dane.

Tres de las cinco empresas a las que se les formuló Pliego de Cargos se acogieron al Programa de Beneficios por Colaboración (delación), confesaron su participación en el presunto cartel empresarial y entregaron e-mails, documentos y declaraciones que revelarían la existencia y funcionamiento de un acuerdo de precios.

Las pruebas recaudadas por la Superindustria y las entregadas por las 3 empresas delatoras, evidenciarían la existencia de un presunto cartel empresarial entre 1998 y 2013, iniciado por Familia y Kimberly y al que después se habrían vinculado Papeles Nacionales, Cartones y Papeles del Risaralda y Drypers.

Dentro del Programa de Beneficios por Colaboración, tres empresas suscribieron acuerdos con la Superindustria para recibir beneficios por haber delatado la existencia y funcionamiento del presunto cartel y haber aportado las correspondientes pruebas. El primer delator, recibiría como beneficio la exoneración del 100% de la eventual sanción que habría de imponérsele en caso de que se declarara la existencia del cartel empresarial; el segundo delator recibiría el 50% de reducción de la sanción; y el tercer delator recibiría el 30% de reducción de la sanción.

En el caso de que el proceso termine declarando que existió violación a las normas de libre competencia, la Superindustria, además de adoptar medidas para que cesen las conductas anticompetitivas, puede imponer multas a quienes infrinjan las disposiciones de prácticas restrictivas de la competencia hasta $61.600 millones por cada infracción; y a las personas naturales que actúan en representación de quienes infrinjan esas disposiciones, hasta $1.232 millones.

Según la entidad, la fijación de los precios del papel higiénico y demás papeles suaves en Colombia se habría efectuado de dos maneras: la primera mediante la fijación directa de precios por imposición de márgenes mínimos y máximos de venta; y la segunda, mediante la fijación indirecta de precios por la concertación de porcentajes de descuentos dirigidos a los distintos canales de comercialización.

La Superindustria formuló Pliego de Cargos contra 42 personas naturales en su condición de altos directivos de las empresas (funcionarios o ex funcionarios), quienes al parecer colaboraron, facilitaron, autorizaron, ejecutaron o toleraron los actos relacionados con la presunta cartelización empresarial.

Es el segundo caso en la historia de Colombia, en que la Superindustria suscribe acuerdos de colaboración con empresas que deciden delatar la existencia de un cartel empresarial. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE) califica a los carteles empresariales, como las más escandalosas violaciones de las normas de competencia.