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Durante los 22 días hábiles del mes, en promedio, un teletrabajador podría ahorrarse entre $74.800 mensuales considerando que su medio de transporte habitual sea el Transmilenio; $242.000 al mes en alimentación si sus almuerzos oscilan por los $11.000; y más de 88 horas, si sus tiempos de movilización desde la casa hacia la oficina son de una hora.

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Empresas con teletrabajo ahorrarían cerca del 40% de sus costos

Actualmente cerca de 50 mil personas están vinculadas al teletrabajo y hacen parte de las 120 entidades, tanto públicas como privadas, que han suscrito el pacto de esta modalidad laboral con el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de las Telecomunicaciones.

25 de junio de 2014

El teletrabajo fue reglamentado en el país en el 2012 por una iniciativa del Ministerio de Trabajo. Desde entonces, los beneficios laborales en materia de costos han sido evidentes para las 120 entidades que ya están vinculadas con esta modalidad laboral.

Aunque no hay un referente colombiano que indique la reducción de costos para las empresas al implementar el teletrabajo, bajo parámetros internacionales, el director de Derechos Fundamentales del Ministerio de Trabajo, Eduardo Bejarano, asegura que “una empresa puede ahorrar cerca del 40% de sus costos, lo que es perfectamente aplicable en Colombia, considerando por ejemplo, que se implemente la ley del primer empleo que tiene beneficios tributarios para el empleador”.

Durante los 22 días hábiles del mes, en promedio, un teletrabajador podría ahorrarse entre $74.800 mensuales considerando que su medio de transporte habitual sea el Transmilenio; $242.000 al mes en alimentación si sus almuerzos oscilan por los $11.000; y más de 88 horas, si sus tiempos de movilización desde la casa hacia la oficina son de una hora.

“No solamente son ahorros monetarios, esto vincula un ahorro que se suma al bienestar de los empleados. Son muchas cosas que podrían parecer pequeñas pero que en sumatoria tienen un impacto muy grande y positivo en el trabajador, especialmente, en el tema del tiempo”, señaló Bejarano.

Según la más reciente encuesta de Fedesarrollo frente a la creciente práctica del teletrabajo en el país, la mayoría de las empresas que lo implementan está en los sectores de servicios (42%), comercio (30%) e industria (24%).

La encuesta agrega que de acuerdo con el tamaño de las empresas, los teletrabajadores se concentran principalmente en las empresas pequeñas (75%), mientras el 20% laboran en las medianas y el 5% en las grandes empresas. Sin embargo, en el país las compañías grandes generan más empleos que las pequeñas y las medianas, respectivamente.

El abecé del decreto reglamentario del teletrabajo dice que esta modalidad laboral “es una forma de organización laboral, que se da en el marco de un contrato de trabajo o de una relación laboral dependiente, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación –TIC- para el contacto entre el trabajador y empleador, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo”.

El teletrabajo no implica que el empleado labore únicamente desde su casa o que nunca visite la compañía para la que trabaja. Bejarano explica que “hay modalidades mixtas en las que el empleado pacta con su empleador si va a estar uno, dos o tres días teletrabajando o el resto de la jornada en la oficina”.

El Ministerio de Trabajo viene avanzando con el Ministerio de las TIC y el Departamento Nacional de Planeación en la formulación del Conpes del Teletrabajo “que va a organizar toda la oferta pública y le dará mayor dinamismo en esta modalidad laboral”. A su vez, están adaptando la legislación colombiana después de la expedición de la Ley 1221 del 2008 y del Decreto 824 el 2012 para consolidar, en materia jurídica, la protección laboral a quienes lo implementan.

Actualmente, el país brinda total igualdad entre un teletrabajador y un trabajador presencial en todos sus derechos y beneficios laborales, incluso, en la libertad de asociación.

Aún muchas organizaciones creen que el teletrabajador no puede cumplir con sus responsabilidades o que no logra ser igual de eficiente al trabajador presencial. Sin embargo, Bejarano aclara que “las experiencias hoy en Colombia nos muestran que es sólo un tabú que no es cierto” ya que el empleador puede tener completo seguimiento del empleado y de sus actividades, gracias a las herramientas tecnológicas.