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Federación Colombiana de Fútbol en la mira de la SIC por reventa de boletas

La SIC sometería a vigilancia especial la operación de venta y entrega de boletería para el partido de fútbol Colombia vs. Paraguay que se disputará el próximo 5 de octubre en Barranquilla para la eliminatoria al mundial Rusia 2018. El objetivo: salvaguardar el derecho de los consumidores.

11 de septiembre de 2017

La Superintendencia de Industria y Comercio informó que ha recaudado evidencias materiales probatorias (documentos, declaraciones y otras evidencias que hoy están bajo reserva), que darían cuenta de la presunta existencia de una conducta sistemática encaminada al desvío masivo y deliberado de decenas de miles de boletas con fines de reventa respecto de todos los partidos de fútbol en los que la Selección Colombia jugó como local en Barranquilla para las eliminatorias al Mundial de Fútbol Rusia 2018. Lo anterior en detrimento de los consumidores colombianos.

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Por lo anterior, la Superindustria, mediante Resolución del 11 de septiembre de 2017, dispuso someter a vigilancia especial la operación de venta y entrega de boletería para el partido de fútbol Colombia vs. Paraguay que se disputará el próximo cinco de octubre de 2017 en el Estadio Metropolitano Roberto Meléndez de Barranquilla (Atlántico) para la eliminatoria al mundial de fútbol Rusia 2018 y salvaguardar con esta medida excepcional el interés general y el derecho colectivo constitucional del cual son titulares todos los consumidores colombianos.

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Como consecuencia de la vigilancia especial, la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) y/o el operador que para tal efecto designe, debe disponer como mínimo 30.173 boletas para la venta en público en general, en una o varias sesiones de venta que deberán hacerse única y exclusivamente a través de la página web que se habilite para el efecto.

La Federación Colombiana de Fútbol y/o el operador que para tal efecto designe, deberán garantizar en relación con la venta de las 30.173 boletas a través de la página web que se habilite para el efecto, que ninguna persona natural o jurídica compre más de cuatro boletas.

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La FCF y/o el operador que para tal efecto designe, deberá poner a disposición de la Superintendencia de Industria y Comercio todos los mecanismos tecnológicos necesarios para que el Laboratorio Forense de esta Superintendencia pueda acceder y supervisar en tiempo real la venta de la boletería.

Asímismo, deberán designar una empresa de auditoría externa de amplia trayectoria y reputación, que haga la correspondiente supervisión de la operación de venta y entrega de boletería para el partido de fútbol Colombia vs. Paraguay.

Para tal efecto deberán informar a la Superintendencia de Industria y Comercio el nombre del auditor externo designado, con el fin de que este sea autorizado previamente por la entidad. Sin la autorización de la SIC no podrá iniciarse la comercialización de las 30.173 boletas.

En el evento de que la FCF y/o el operador que para tal efecto designe, pretenda hacer ventas corporativas en relación con algunas de las 30.173 boletas dispuestas para la venta del público en general, deberá contar con la autorización previa y favorable de la Superintendencia de Industria y Comercio. Sin la autorización de la SIC tampoco se podrán vender o entregar las referidas boletas corporativas.

La FCF y/o el operador deberán además presentar un informe final de la operación de venta del partido de fútbol Colombia vs. Paraguay, el cual deberá estar suscrito y avalado por el auditor externo designado y ser radicado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la celebración del partido.