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Según el viceministro de Desarrollo, Daniel Ángel Arango, con este proyecto “se pretende unificar la normatividad de zonas francas y facilitar la operatividad del instrumento”.

COMERCIO

¿Qué cambia con el nuevo decreto de Zonas Francas?

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo acaba de expedir el decreto que fija la nueva política de zonas de Colombia. Estos son los 11 principales cambios que incorpora la nueva norma, para facilitar la inversión y promover el empleo.

8 de abril de 2016

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo acaba de expedir el decreto que fija la nueva política de zonas de Colombia. Según el viceministro de Desarrollo, Daniel Ángel Arango, con este proyecto “se pretende unificar la normatividad de zonas francas y facilitar la operatividad del instrumento”.

Estos son algunos de los principales cambios que incorpora la nueva norma, para facilitar la inversión y promover el empleo.

  1. Posibilidad por parte de los usuarios de las zonas francas de nacionalizar materias primas en la zona franca o en el resto del territorio aduanero nacional.
  2. Aumento del 5% al 15% del área que pueden ocupar los Usuarios Comerciales, lo que facilitará el desarrollo de actividades logísticas.
  3. Oportunidad de que las empresas en zonas franca puedan tener sus oficinas de gobierno o administración fuera de la zona franca, así como prestar servicios en cumplimiento de una garantía de fabricación, por fuera de la zona franca.
  4. Se permitirán las ventas al detal en zonas francas de servicios turísticos y de salud.
  5. Se podrá adelantar la ejecución de las inversiones y la generación de empleo desde la radicación de la solicitud para la declaratoria de zona franca, permitiendo desarrollar bajo riesgo del inversionista las etapas iniciales del proyecto y no perder el costo de oportunidad.
  6. Autorización de prorrogas para cumplimiento de compromisos de inversión y empleo en casos debidamente justificados ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
  7. Se establece que el área que se pretende declarar como zona franca puede considerarse continua cuando los terrenos estén dentro de 1 kilómetro de proximidad, sin necesidad de construir puentes o túneles.
  8. Se permite la venta y demás negocios de disposición de consultorios o locales en las Zonas Francas de Salud siempre y cuando el área destinada para tal fin no supere el veinte (20%) del total de área declarada.
  9. Facilitación y flexibilización de las operaciones de comercio exterior para los usuarios de zonas francas que permite realizar negocios con empresas ubicadas en el exterior, en el resto del territorio aduanero colombiano o en otras zonas francas.
  10. Este decreto se suma a los expedidos en el año 2015 por la Ministra Cecilia Álvarez-Correa, que permitieron la reducción de los tiempos de declaratoria, pasando de 18 a 6 meses y que trasladaron las funciones de administración de las zonas francas, que venía ejerciendo la Dian, hacia el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
  11. Como dato adicional, es importante mencionar el repunte que han venido teniendo las exportaciones desde las zonas francas. En enero de 2016, estas aumentaron 44%, respecto al mismo periodo en el año anterior.