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MinTrabajo comienza diseño de sistemas para estadísticas de migración laboral internacional. | Foto: Archivo Semana

Trabajo

Ojo a la migración laboral

Inició el diseño técnico del Sistema Estadístico de Migraciones Laborales Internacionales en Colombia, para analizar el comportamiento de los movimientos migratorios de trabajadores.

5 de julio de 2013

El Ministerio de Trabajo y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) se unieron para la consecución de equipos de cómputo de gama alta para generar el procesamiento de la información clave para el diseño de políticas laborales en materia de migración en Colombia.

Además de analizar el movimiento migratorio de trabajadores desde Colombia y hacia el país, también se revisará el perfil demográfico, educativo y socioeconómico de los migrantes trabajadores, las características y condiciones de su inserción en el mercado laboral, las demandas de educación superior y de formación para el trabajo de los extranjeros en el país y de educación superior de los colombianos en el exterior.

Se espera que esta sea una herramienta web de consulta de los colombianos interesados en salir del país y de los extranjeros con expectativas de estar en Colombia, en ambos casos, por fines laborales. Además, con este recurso, las personas tendrán datos actualizados para tomar una decisión informada sobre su país de interés para migrar.

Según el ministro del Trabajo, Rafael Pardo, la iniciativa busca aportar a la cartera laboral, estadísticas oportunas e integrales para sustentar el diseño e implementación de políticas y estrategias para la población migrante en territorio colombiano y será de utilidad a otras entidades del Gobierno Nacional preocupadas por la debida gestión en materia de migración, con otros fines diferentes al laboral.

Según la Organización de la Naciones Unidas son considerados migrantes los ciudadanos que salen de un país o los extranjeros que entran a otro para estudiar o capacitarse, trabajar, establecer residencia, formar una familia, buscar asilo y refugio, entre otros casos; y no considera migrantes a los trabajadores internacionales fronterizos, a los extranjeros en tránsito o visitantes y al personal extranjero diplomático, consular y militar.