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| Foto: Guillermo Torres

IMPUESTOS

Dian reglamenta medidas de emergencia

La Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales publicó el decreto con el cual se suspenderán los términos de varios procesos. Esto en el marco del Estado de Emergencia decretado por el gobierno.

18 de marzo de 2020

Este decreto aplica para todos los procesos y actuaciones administrativas que tienen que ver con temas tributarios, aduaneros y cambiarios. 

Según el decreto, las suspensiones tendrá vigencia entre el 19 de marzo y el 3 de abril.

La medida aplicará para:

  • Plazos de autorizaciones o habilitaciones.
  • Respuesta a requerimientos ordinarios de información. 
  • Plazos internos para hacer visitas. 
  • Tránsitos, almacenamiento y transporte multimodal. 
  • Plazos para reimportar las mercancías exportadas temporalmente. 
  • Plazos para importar menajes.
  • Plazos para presentar entregas urgentes.

Así mismo, se suspenden los términos establecidos para la gestión interna de las solicitudes y denuncias que se han instaurado por  medio del sistema informático electrónico de peticiones quejas y reclamos. Esto incluye los plazos para decidir las solicitudes especiales del RUT.

Durante el periodo que esté en vigor este decreto la Dian no tendrá atención de público ni en las direcciones Seccionales, de Aduanas , delegadas ni a nivel Central. 

Finalmente, la Dian indicó que estará informando si la medida se extiende, esto antes del vencimiento del decreto que está fijado para el próximo 3 de abril y dependerá de cómo vaya avanzando la contención de la emergencia.