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Juan Gabriel Uribe, ministro de Ambiente. | Foto: Cortesía

Construcción

Más viviendas pero respetando el medio ambiente

Listos los términos de referencia para la elaboración del estudio de Impacto Ambiental (EIA) de los Macroproyectos de Vivienda de Interés Social Nacional de Segunda generación.

16 de mayo de 2013

En un acto conjunto los Ministros de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Gabriel Uribe, y de Vivienda, Germán Vargas Lleras, anunciaron los términos de referencia para la elaboración del estudio de Impacto Ambiental (EIA) de los Macroproyectos de Vivienda de Interés Social Nacional de Segunda generación.

Se trata de la resolución 0444 de mayo de 2013, expedida por Minambiente en cumplimiento de la Ley 1469 de 2011, que en el artículo 3° establece que “los Macroproyectos deberán promover las construcción de proyectos urbanísticos que permitan localizar asentamientos con adecuados estándares de calidad ambiental, el uso racional del suelo y armonizando las necesidades de vivienda con las de suelo para el desarrollo económico y productivo”.

“Es un marco reglamentario que contempla las normas ambientales que debe tener todo Macroproyecto. Lo importante de esta resolución es que tiene en cuenta la variable de riesgo, somos el tercer país de mayor riesgo del mundo después de Pakistán e India, y hemos incorporado esta variable, la sostenibilidad ambiental y la calidad ambiental”, afirmó Uribe.

Agregó que “el país ya puede adoptar los términos de referencia para la elaboración del Estudio Ambiental de Formulación (”EAF”) de los Macroproyectos de Interés Social Nacional (MISN)”.

El Documento Técnico de Soporte de Formulación (DTS-F), que contiene el Estudio Ambiental de Formulación (EAF), debe ser remitido por parte de la Unidad Ambiental o de quien haga sus veces en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a la Corporación Autónoma Regional (CAR) respectiva, previa verificación de que la información radicada por el interesado esté completa, de conformidad con los términos de referencia adoptados en la Resolución No. 0444 de 2013.

Con base en el análisis del EAF, la CAR emitirá su pronunciamiento a través de un concepto técnico ambiental remitido por el director general de la respectiva Corporación, el cual contendrá como mínimo: la evaluación del EAF y el pronunciamiento de viabilidad ambiental de la fase de formulación del MISN respectivo, sin perjuicio de lo que dispongan los términos de referencia para dicha fase.

El concepto que emite la respectiva CAR formará parte integral del acto administrativo de adopción que expida el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT).

En caso de que la CAR requiera de información adicional para emitir el concepto ambiental, ésta podrá requerirla por una sola vez al MVCT. Este requerimiento interrumpirá los términos establecidos para que la CAR decida”, estable la resolución.

La CAR tendrá un término máximo de 3 meses para los MISN de categoría 1 y de 4 meses para los de categoría 2, contados a partir de la fecha de radicación del Documento Técnico Soporte de Formulación (DTS-F) por parte del MVCT, para emitir y enviar el respectivo concepto técnico.

Dentro de los 10 días hábiles siguientes al recibo del concepto técnico ambiental, el MVCT podrá solicitar por una sola vez aclaraciones sobre el mismo. Una vez analizada la solicitud, la CAR se pronunciará sobre las mismas en un término máximo de 15 días hábiles.