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Por lo general, las empresas constructoras toman un seguro denominado de Calidad y Estabilidad de Obra que respalda a los consumidores finales que se vean afectados por una mala calidad en la obra o inestabilidad de la misma. | Foto: EFE.

Caso Space

¿Quién paga?

Mientras no haya una conclusión en la investigación para determinar que pasó en la torre 6 del Edificio Space, la información suele tornarse confusa, sin embargo, hay aspectos que desde ya son claros.

16 de octubre de 2013

El presidente de Fasecolda, gremio asegurador de Colombia, Jorge Humberto Botero, asegura que el primer responsable en este tipo de eventos, como el desplome de la torre 6 del edificio Space, es el constructor.

En la actualidad, según se establece en el artículo 2060 de Código Civil, "Si el edificio perece o amenaza ruina, en todo o en parte, en los diez años subsiguientes a su entrega, por vicio de la construcción o por vicio del suelo que el constructor o las personas empleadas por él hayan debido conocer en razón de su oficio, o por vicio de los materiales, será responsable el empresario".

Por lo general, las empresas constructoras, toman un seguro que tiene como propósito servir de respaldo a los consumidores finales que se vean afectados por una mala calidad en la obra o inestabilidad de la misma. Este seguro se conoce como “Seguro de Calidad y Estabilidad de Obra”, no obstante, no es de obligatoria adquisición por parte de los constructores y aún no ha salido a la luz pública que tipo de aseguramiento tenía esta obra.

En caso de contar con el seguro de Calidad y Estabilidad de Obra el valor de los desembolsos dependerán del valor pactado.

El gerente de la constructora Lérida CDO S.A., Pablo Villegas Mesa, anunció que están en la capacidad de asumir los costos de la tragedia y sugirió contar con los seguros de respaldo.

“Hay compañías de seguros y una estructura alrededor de una situación como ésta, pero vamos a responder hasta el final en todo lo que nos va a corresponder”, indicó.

Alterno a esta póliza de Calidad y Estabilidad de Obra, existes tres más que se pueden tomar para las edificaciones y que están ligados al crédito hipotecario:

•Seguro hipotecario de Incendio y Terremoto: De acuerdo con el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, los establecimientos de crédito que ofrezcan créditos hipotecarios, deben tomar un seguro contra incendio y terremoto. Todos los bienes hipotecados cuentan con esta cobertura.

•Seguro Obligatorio de Bienes Comunes. De acuerdo con la Ley 675 de 2001, las copropiedades deben tomar un seguro contra incendio y terremoto. Según cifras de Fasecolda a nivel nacional, sólo el 10% de las propiedades se encuentran aseguradas

•Seguro voluntario de hogar. Se estima que sólo el 5% de los hogares cuentan con un seguro de estas características.

Actualmente, cursa en el Congreso de la República el Proyecto de Ley 029 del 2013 que pretende establecer como obligatorio el seguro para la vivienda nueva. En este caso, el tomador es el constructor, mientras que el asegurado y beneficiario el propietario final del inmueble.

El seguro garantizaría que todas obras que se construyan en el futuro tengan un respaldo tangible proveniente de una compañía de seguros, para enfrentar eventos catastróficos como los ocurridos en el edificio Space en Medellín, lo mismo que eventos menores como daños no estructurales, daños estructurales no catastróficos, entre otros.