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Beps se diseñó con varios incentivos, buscando que las personas, apoyadas por el Estado, construyan un ingreso digno para su vejez. | Foto: Daniel Reina

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El debate sobre los BEPS en el Plan de Desarrollo

Un profundo debate se ha originado por un artículo del Plan Nacional de Desarrollo en torno al destino de los ahorros pensionales y qué sucede con ellos si la persona no alcanza a cumplir con los requisitos de las semanas cotizadas. Para unos es una expropiación, pero puede ser un impulso para una buena decisión.

Mauricio Olivera
4 de abril de 2019

El artículo 117 del Plan Nacional de Desarrollo busca que las personas tomen la mejor decisión posible con sus ahorros pensionales. Si la persona llega a la edad de pensión (57 años mujeres, 62 años hombres) y no cumple con el requisito de semanas (1.300 semanas cotizadas), en los siguientes diez días debe decidir si retira estos recursos o los transfiere al programa Beneficios Económicos Periódicos (Beps). Si a los diez días la persona no ha decidido, los recursos se transfieren automáticamente a Beps, que aporta un subsidio de 20% sobre ese ahorro, y a partir de ese momento la persona recibe un monto mensual por el resto de su vida.

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El artículo ha causado polémica; lo interpretan como una expropiación. Sin embargo, varios argumentos permiten discutir esa aseveración. En primer lugar, la teoría. Richard Thaler, premio nobel de economía en 2017, fue laureado por sus análisis de la teoría del comportamiento. Afirma que los humanos no nos comportamos tan racionalmente como creemos. Si fuesemos completamente racionales, no existirían los sistemas de pensiones que obligan a cotizar una parte del salario. Seríamos conscientes de que en algún momento llegaríamos a la vejez, podríamos tener problemas de salud, no podríamos trabajar, y necesitariamos un ingreso. Ahorraríamos lo adecuado para ese momento. Como no somos tan racionales, la cotización en el sistema pensional es obligatoria. Siguiendo el mismo análisis, en otro de sus estudios afirma que hay casos en los que el “empujoncito” adecuado lleva a las personas a tomar la decisión más conveniente.

En segundo lugar, el comportamiento. Varios estudios han demostrado que los colombianos no tenemos una visión de ahorro de largo plazo. Las razones más claras para ahorrar van desde las vacaciones hasta la compra de vivienda. Pero, en general, no pensamos en la vejez. Además, las personas que retiran sus ahorros del sistema pensional en general los gastan en unos pocos años, y viven muchos años más, sin ingresos.

Uniendo estos dos argumentos, el artículo 117 del Plan Nacional de Desarrollo busca dar el “empujoncito” a la persona para evitar que gaste rapidamente estos recursos, y, al contrario, cuente con un ingreso vitalicio. Obviamente, cada caso es diferente, y por eso la persona cuenta con 10 días para analizar su situación y tomar una decisión.

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Beps se diseñó con varios incentivos buscando que las personas, apoyadas por el Estado, construyan un ingreso digno para su vejez. Por un lado, un subsidio de 20% sobre cada peso ahorrado. Esta rentabilidad no se logra en una cuenta de ahorros tradicional. Por otro, la flexibilidad. Beps se acerca a las posibilidades de ahorro de las personas. Los requisitos del sistema pensional son cotizar un monto fijo (16% del salario), por lo menos sobre el salario mínimo, y durante 1.300 semanas (es decir, 25 años). Sin embargo, el mercado laboral es diferente. En varios sectores, por su función de producción, no existe la estabilidad en los ingresos que permita cotizar de manera constante. Por ejemplo, el sector cafetero, que ha sido motor de desarrollo de Colombia durante varias décadas, tiene dos cosechas al año. Es muy dificil que los cafeteros reciban mes a mes un ingreso estable para cotizar en el sistema pensional las 1.300 semanas. Así, la posibilidad para un cafetero de obtener una pensión es remota. La flexibilidad de Beps permite ahorrar el monto que pueda en el momento que pueda.

Adicionalmente, no todos los trabajadores son formales o informales a lo largo de toda su vida laboral. Transitan entre las dos realidades. Por eso, Beps y el sistema pensional se complementan. Si la persona tiene un trabajo formal, debe cotizar en el sistema pensional. Si cae en la informalidad puede ahorrar en BEPS. Al final de su vida laboral, se suma lo cotizado en el sistema pensional con lo ahorrado en BEPS, más el subsidio, y se calcula si tiene derecho a una pensión (igual o superior al salario mínimo) o un Beps, inferior al salario mínimo pero que, dependiendo del esfuerzo de ahorro de la persona y del subsidio del Estado, puede acercarse al salario mínimo.

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Lo más conveniente sería cambiar la realidad laboral. Lo ideal sería que todos los trabajadorres tuviesen un empleo formal, con un ingreso estable, igual o superior al salario mínimo, a lo largo de toda su vida laboral. Sin embargo, cambiar esta realidad es complejo, y toma tiempo. Cerca de 40% de los trabajadores gana por debajo del salario mínimo. Es decir, no cuentan con los ingresos para cotizar en el sistema pensional. La tecnología está cambiando el mercado laboral. Un conductor de Uber no es un empleado formal; no tiene un contrato laboral con la empresa. Es trabajador independiente, sin un ingreso fijo. Por eso era necesario crear alternativas de ahorro para la vejez diferentes. Aplicar la rigidez del sistema pensional puede dificultar obtener la pensión, y, al revés, una alternativa que se acerque a la realidad laboral, con incentivos, permite construir un ingreso digno para la vejez.

Otra alternativa es que todos los colombianos, con nuestros impuestos, paguemos el sostenimiento de los adultos mayores sin ingresos. Cuestión que, con el envejecimiento de la población, es cada vez más difícil y costosa. Y después de este esfuerzo, retirar los ingresos ahorrados y gastarlos rapidamente puede ser contraproducente. Por eso, el artículo 117 busca dar el ‘empujoncito‘ adecuado a las personas para que tomen una mejor decisión.

Por: Mauricio Olivera.