Home

País

Artículo

LEY DE LICORES

8 mitos y realidades de la ley de licores según MinComercio

La ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture, considera que alrededor del proyecto de ley de licores se ha desinformado a la opinión pública y es necesario hacer varias aclaraciones y desvirtuar algunos mitos sobre el tema.

14 de junio de 2016

Colombia busca liberar su mercado de bebidas alcohólicas para evitar sanciones de otros países por cuenta de la protección a las licoreras departamentales. El argumento central es que en las condiciones actuales no hay una libre competencia entre estas compañías y los productores extranjeros.

El punto de la discordia es la tarifa de los impuestos pues el gravamen a los licores es una de las principales fuentes de ingresos de las regiones y las modificaciones impactarán el precio de venta del producto nacional frente al importado.

Frente a las discusiones, la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture, considera que alrededor del proyecto de ley de licores se han tejido tantas conjeturas y se ha desinformado de tal forma a la opinión pública que es necesario hacer varias aclaraciones y desvirtuar algunos mitos que impiden hacer claridad sobre la realidad. 

Estos son los mitos y realidades frente a la Ley de licores según Lacouture:

Mito 1: El Monopolio desaparece

Realidad: El monopolio se mantiene en cabeza de los departamentos y se reglamenta para generar reglas claras

Mito 2: El monopolio se desnaturaliza (o “se vacía su contenido”).

Realidad: Los departamentos mantienen facultades clave en el ejercicio del monopolio:

  1. Los departamentos deciden si ejercen o no el monopolio.
  2. Los departamentos deciden si aumentar la Participación para todos los productos por encima del impuesto al consumo (que es el piso mínimo).
  3. Para el caso de la producción: Los departamentos eligen si producen a través de su propia licorera o no. Para la producción por parte de terceros, los departamentos pueden escoger si hacerlo a través de permisos o de contratos. Si escogen contratos, pueden decidir cuántas licitaciones abrir (incluso ninguna).
  4. Además, escogen el monto de los derechos de explotación para la producción, sea ésta a través de permisos o de contratos.
  5. Para el caso de la introducción: los departamentos pueden limitar la entrada de aguardientes a sus territorios.

Mito 3: La Ley afecta las rentas de los departamentos

Realidad:

  1. El recaudo de todos los departamentos aumenta (en total, el recaudo pasa de $1,4 billones a $1,8 billones en un escenario muy conservador).
  2. El cobro se mantiene en cabeza de los departamentos.
  3. Los departamentos reciben derechos de explotación (renta adicional).
  4. Se reglamenta el monopolio del alcohol potable (renta adicional).

Mito 4: La Ley afecta a las licoreras oficiales

Realidad: Las licoreras se ven favorecidas desde varios ángulos

  1. Acceden a mercados más amplios (todo Colombia)
  2. La nueva estructura del impuesto (IVA del 5%) permite a las licoreras nacionales descontar el IVA pagado en los insumos y posibilita saldos tributarios anuales a favor de las licoreras.
  3. Además, el componente ad-valorem ayuda a equiparar la carga fiscal de los productos nacionales (que son de menor precio) con la de los importados (productos de mayor precio).
  4. El Programa de Transformación Productiva de Min Comercio impulsará las denominaciones de origen.
  5. El proyecto propicia asociaciones entre licoreras departamentales.
  6. El régimen actual, desde 1991, ha llevado a la quiebra de múltiples licoreras departamentales. Las actuales reglas y protecciones no han funcionado. En 1991 se contaban 16 licoreras. En la actualidad existen 7.

Mito 5: El aguardiente es un producto de la cultura nacional y no está protegido

Realidad: El aguardiente está protegido tanto en materia de producción como de introducción

  1. Producción: los departamentos pueden decidir si abrir o no licitaciones para la producción privada de aguardiente (o de cualquier licor).
  2. Introducción: La salvaguardia permite a los departamentos restringir la entrada de aguardientes a sus territorios.

Mito 6: La Ley está hecha para beneficiar a los importadores

Realidad: Todos ponen y hay un balance adecuado. Los reales beneficiarios son los departamentos y los ciudadanos. Los importadores:

  1. Enfrentan una carga tributaria mayor a la que tenían.
  2. Asumen rentas adicionales por derechos de explotación.
  3. Asumen el IVA especial del 5%.
  4. Enfrentan normas estrictas de señalización y anti-contrabando.
  5. Los productos importados de alto valor asumirán impuestos mucho más altos.

Mito 7: El proyecto no combate adecuadamente el contrabando y la adulteración

Realidad: El proyecto cuenta con varios ‘dientes‘ contra el contrabando

  1. Se establecen artículos específicos para luchar contra el contrabando.
  2. Posibilidad de revocar permisos de introducción por contrabando, lavado de activos, o por etiquetado incorrecto.
  3. Las reglas más claras e iguales para todos limitan los incentivos al contrabando.
  4. El IVA especial del 5% incentiva la formalización de la cadena de licores.
  5. Se establecen medidas para la desnaturalización del etanol potable desde su entrada al país.
  6. Se refuerzan las capacidades de control de los departamentos.

Mito 8: El proyecto requiere más tiempo para el ajuste.

Realidad: El proyecto ha sido socializado con todos los actores y en foros regionales. Sus disposiciones comenzarán a regir a partir de 2017.