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Colombia avanza y la calidad de la información contable sobre las inversiones ha aumentado. Pero dar el paso va a ser costoso para muchas entidades.

Hora de la verdad

La nueva resolución sobre valoración de inversiones es un paso necesario, pero será una medicina dura de tragar para el sistema financiero.

9 de agosto de 2002

Las superintendencias Bancaria y de Valores acaban de emitir una resolución que transforma la valoración de inversiones en Colombia. Su impacto se hará sentir pronto en los balances de las entidades financieras y las empresas vigiladas, pues tendrán que reflejar en forma más directa y rápida los cambios en los precios de sus inversiones financieras, tanto en papeles de deuda como en acciones y otros títulos.



La resolución ha generado controversia. Sus defensores afirman que es un avance hacia una mayor transparencia en la contabilidad, pues las inversiones quedan valoradas todo el tiempo a precios de mercado, de modo que los accionistas y el público podrán conocer rápidamente los efectos de los movimientos de precios y tasas sobre los portafolios de las entidades. Medidas de este tipo, destinadas a aumentar la transparencia contable, están en el orden del día en todo el mundo. Por su parte, los críticos sostienen que la medida puede traer consecuencias insospechadas en esta coyuntura, cuando las tasas de interés tienden al alza y los precios de algunos papeles, como los bonos yankees, registran una alta volatilidad. Esto implica, afirman, que el primer impacto de la medida será negativo y además será exagerado, pues las entidades tendrán que registrar pérdidas causadas por unos movimientos de precios que ocurren en un mercado poco profundo y en un momento de inusual nerviosismo.



Si bien los contradictores tienen razón hasta cierto punto, este cambio de enfoque es necesario. Si la tendencia de aumento de las tasas sobre la deuda colombiana sigue hacia arriba (lo que implica que sus precios seguirán cayendo), el valor de los portafolios de los intermediarios financieros va a reducirse. Esa es una verdad que habrá que reconocer en algún momento y es preferible que ello ocurra en una forma tan ordenada como sea posible. Por ese motivo, la resolución incluye unos plazos para que las entidades registren el efecto en forma gradual.



El precio de la deuda



El valor que un papel tiene para su dueño fluctúa permanentemente en el mercado. Supongamos que un banco compra un TES (un título de deuda pública del gobierno colombiano) en el momento de la emisión. El precio al cual podría vender ese título de ahí en adelante, y el valor al cual debe registrar su inversión en libros, dependen de las tasas que se registren en el mercado. Si las tasas de los TES en el mercado primario suben, el precio del papel en poder del banco tiene que bajar, pues nadie le pagaría la suma original al banco cuando tiene la alternativa de ir al mercado a comprar un título con una rentabilidad superior. Al revés, si las tasas de mercado bajan, el precio del papel que tiene el banco aumenta, pues el comprador tendría que pagar más por un papel que tiene una rentabilidad superior a la que está ofreciendo el mercado.



La resolución 200 de 1995 de la Superbancaria, que rigió hasta el 2 de agosto pasado, exigía a las entidades una valoración de sus inversiones, pero no propiamente a precios de mercado. Las entidades registraban las pérdidas o ganancias derivadas de los cambios en las cotizaciones de los papeles, pero podían adicionar un margen que les permitía compensar posibles pérdidas en el futuro. Al permitir la existencia de este margen, la norma no reflejaba diariamente las pérdidas y ganancias reales. No se evaluaba la situación en cada momento, sino que se permitía que el impacto se diluyera en el tiempo.



Para los títulos oficiales de deuda externa o yankees, la resolución anterior permitía que no se utilizaran los precios de referencia para la valoración, sino que se calculara un margen entre el precio al cual se compró el papel y el precio de los bonos del Tesoro de Estados Unidos. El mecanismo permitía que, si el bono del Tesoro caía, se produjera una utilidad, y si subía, se registrara una pérdida que se debía cubrir para mantener el mismo margen de cuando se compró el papel.



Esta forma de valorar los papeles de deuda externa no generaba desequilibrios importantes cuando la inversión de las entidades colombianas en yankees era relativamente pequeña. No obstante, en la medida en que ha aumentado la liquidez del mercado y las entidades, en particular los fondos de pensiones, se han quedado sin alternativas de inversión, los yankees se han convertido en una opción muy apetecida. De hecho, se estima que en este momento el 70% de los bonos de deuda externa de Colombia está en manos de colombianos. Esto exige sincerar la forma como las diferentes entidades los valoran en sus estados financieros.



Sin embargo, la coyuntura es complicada. Con el colapso de las economías latinoamericanas y de las bolsas de valores del mundo, los inversionistas están temerosos y los mercados extremadamente volátiles. Se ha visto que en un solo día la cotización de un papel puede oscilar entre 500 y 1.000 puntos básicos (un punto porcentual equivale a 100 puntos básicos) generando grandes utilidades o enormes pérdidas a su tenedor. La situación se complica aún más en mercados de baja liquidez y poca profundidad como el colombiano, donde los movimientos de un solo gran jugador pueden generar fuertes impactos en los precios, con serias repercusiones sobre las utilidades de las entidades. Con un stock de TES de más de $40,18 billones en poder de los inversionistas, la fluctuación de un punto porcentual en la rentabilidad genera un enorme impacto sobre los estados financieros de los tenedores de los papeles.



La controversia



La Superintendencia Bancaria empezó a aplicar una valoración de inversiones en 1995, la cual tenía numerosos vacíos. La resolución que expiden ahora las dos superintendencias implicó cerca de un año de discusiones y preparación.



La expedición de la resolución en este momento de volatilidad en los mercados va a causar un gran impacto en los estados financieros de las entidades vigiladas por las dos superintendencias. El golpe más fuerte será sin duda para las fiduciarias y fondos de valores. Para muchos, la actual volatilidad es coyuntural y, por tanto, la resolución obligará a afectar exageradamente las utilidades de las entidades, más aún si se tiene en cuenta la poca liquidez de estos papeles en Colombia y de los yankees en el exterior.



Sin embargo, hay razones para pensar que la pérdida de valores de los TES y los yankees no es coyuntural. Mientras no se corrijan los desequilibrios fiscales de Colombia, y ante las grandes dificultades que se avizoran para la obtención de crédito externo, sus precios, en lugar de mejorar, podrían deteriorarse aún más. En este escenario, dada la magnitud de la deuda en manos de las entidades financieras, lo más prudente es que los estados financieros reflejen el verdadero valor de estas inversiones.



Conociendo esos impactos, las superintendencias establecieron que si bien la vigencia de la norma se inicia el 2 de septiembre de 2002, en los casos de los títulos de deuda pública interna y los títulos de deuda privada de emisores nacionales, la norma regirá a partir del 1 de enero de 2003 (para los bonos yankees, la norma rige desde el 2 de septiembre). Además, se estableció que las pérdidas que se generen en la valoración del stock de inversiones, originadas por efecto de este cambio regulatorio, pueden ser amortizadas gradualmente hasta el 30 de junio de 2003. Esto significa que las entidades tendrán tiempo para decidir con cuántos TES desean quedarse y luego tendrán unos meses para registrar el impacto. Pero en definitiva, si las tendencias de los precios de la deuda pública colombiana siguen como van, tendrán que registrar fuertes pérdidas.