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Producción de petróleo en Colombia | Foto: Archivo Semana

Regalías

Gobierno reglamentó el Sistema General de Regalías por decreto

El decreto-ley 4923 establece los objetivos, mecanismos de administración y uso eficiente de los recursos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, que se enmarcan dentro de la reforma al Sistema General d Regalías.

28 de diciembre de 2011

Es de recordar que este decreto-ley corresponde al texto aprobado por el Congreso de la República y conciliado por las cámaras el pasado martes 20 de diciembre.

Sin embargo, mientras se reúne el Legislativo en marzo de 2012 y se somete el texto a plenarias, operará de manera transitoria.

Esta norma firmada por el presidente Juan Manuel Santos señala que serán los órganos colegiados de administración y decisión los responsables de definir los proyectos de inversión sometidos a su consideración y que serán financiados con recursos del Sistema General de Regalías.

Dichos órganos son el Departamento Nacional de Planeación, los ministerios de Hacienda y Crédito Público, de Minas y Energía, sus entidades adscritas, y el Departamento Administrativo de Ciencia Tecnología e Innovación, entre otros.

Prioridad en uso de regalías

El Decreto-Ley estipula igualmente que los órganos colegiados de administración priorizarán los proyectos teniendo en cuenta, entre otros, criterios como impacto territorial, económico, social, cultural y ambiental y cumplimiento de las metas sectoriales, entre otros.

Así mismo, dispone que los precios base de liquidación y compensaciones de las regalías serán señalados, mediante actos administrativos, por la Agencia Nacional de Hidrocarburos y la Agencia Nacional de Minería. Esto sin perjudicar lo pactado en los contratos vigentes.

Establece también la creación de cinco fondos que garantizan el correcto uso de las regalías en el país: el Fondo de Desarrollo Regional; de Compensación Regional; de Ciencia, Tecnología e Innovación; de Estabilización, y de Ahorro Pensional.