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Getty Images | Foto: Vivienda Getty

VIVIENDA

Leasing habitacional sigue creciendo y alcanza los $2,4 billones este año

La principal ventaja para la banca es la propiedad del inmueble mientras el comprador lo paga por completo y para el consumidor es recibir los mismos beneficios tributarios de un crédito hipotecario. ¿Cómo va el negocio?

7 de noviembre de 2016

El leasing habitacional ha aumentado su demanda en los últimos años y prueba de ello son los desembolsos que a septiembre de este año ya superaban los $2 billones para este tipo de financiamiento de vivienda. La principal ventaja para la banca es la propiedad del inmueble mientras el comprador lo paga por completo, y para el consumidor es recibir los mismos beneficios tributarios de un crédito hipotecario.

De acuerdo con Asobancaria, en todo el 2015 se realizaron 21.000 desembolsos por $3,4 billones, mientras que en los primeros nueve meses de este año  dicha actividad logró los $2,4 billones en un total de 14.000 operaciones, por lo que no parece difícil que, pese a la desaceleración de la economía, el leasing habitacional supere su registro del año anterior.

Para el sistema financiero este tipo de operaciones hipotecarias reducen el riesgo de la transacción, pues la entidad es propietaria de la vivienda hasta que el comprador pueda ejercer la opción de compra. Esto significa que en caso de incumplimiento de los pagos por parte del consumidor, el banco podría pedir un proceso ejecutivo de restitución del inmueble y este trámite duraría cerca de un año, mientras que un proceso hipotecario dura hasta seis años para concretar el remate del inmueble.

Por su parte, el comprador también obtiene beneficios pues mientras el crédito hipotecario para viviendas VIS es de 70% y para No VIS es de 80%, el leasing habitacional no establece un límite de recursos del banco sobre el valor del inmueble. Además, obtiene los mismos beneficios tributarios que los créditos hipotecarios como la capacidad de descontar de la renta el pago de intereses y la renta exenta para consignaciones en cuentas de AFC por hasta 3.800 UVT anuales.

Sin embargo, Asobancaria recomienda que cada hogar evalúe ambas alternativas y su situación para elegir cualquiera de las dos opciones, pues en todo caso la primera cuota de pago del leasing no podrá ser superior al 30% de los ingresos del comprador y el inmueble no será del consumidor hasta que este no pague por completo el valor de la vivienda y ejerza la opción de adquisición.

La agremiación también destaca que debe tenerse en cuenta que, aunque el propietario de la vivienda sea el banco, el comprador tendrá que pagar los servicios públicos; arriendo y otro tipo de pagos por mantenimiento, así como las obligaciones fiscales del mismo tales como el impuesto predial.

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