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Dian continúa lucha contra elusión del cuatro por mil

La entidad anunció que continuará con las investigaciones a las entidades que dejaron de pagar cuatro por mil por ofrecer a sus clientes esquemas que no estaban amparados por la Ley. También expedirá un decreto para aclarar cuales son los movimientos exentos.

15 de marzo de 2011

En el marco del seminario de Asobolsa realizado en la Universidad de los Andes sobre el gravamen a los movimientos financieros, el director de la Dian, Juan Ricardo Ortega, dijo que la entidad expedirá un decreto aclarando cuales son los movimientos que están excentos del pago de cuatro por mil y que las investigaciones en contra de las entidades que no pagaron cuatro por mil en años anteriores seguirán en curso.

Según sus declaraciones, la Dian expedirá un decreto en donde se aclara que los traslados entre cuentas, en una misma entidad y a nombre de un mismo titular están exentos del cuatro por mil. Los traslados que se hagan hacia terceros deberán pagar el impuesto.

Con respecto a las investigaciones que se abrieron a las entidades que no pagaron el cuatro por mil seguirán su curso e irán hasta sus últimas consecuencias. "Algunos de los esquemas ofrecidos a los contribuyentes, no estaban amparados por la ley. La elusión de ese cuatro por mil le costo al país el valor de cuatro reformas tributarias", dijo Ortega.

Uno de los esquemas a los que se refiere Ortega es a las operaciones de compensación y liquidación hechas por comisionistas de bolsa y fiduciarias.

Para los comisionistas de bolsa, el gravar las transacciones derivadas de una operación en bolsa sería un duro golpe que afectaría el boom que está viviendo el mercado de capitales y que pondría incluso en riesgo la supervivencia de varias firmas.

Para el Gobierno, se trata simplemente de evitar la elusión que se estaría haciendo mediante la utilización de estas operaciones para hacer pagos de nómina, a proveedores y terceros, con lo cual se estarían dejando de percibir alrededor de $400.000 millones.

Según el Gobierno, cuando la firma comisionista entrega a un tercero el resultado final de la inversión se genera el impuesto por tratarse de una disposición de recursos que no se encuentra dentro de la operación de compensación y liquidación de los títulos; mientras para los comisionistas, la operación de bolsa está exenta, sin importar quién sea el beneficiario final del giro.