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El Decreto 222 de 2020 moderniza la regulación financiera. | Foto: GETTY

LEGISLACIÓN

Flexibilizan la regulación financiera digital para promover la inclusión

La Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF) presentó el Decreto 222 de 2020, mediante el cual se crean nuevas condiciones más flexibles para la inclusión financiera digital.

21 de febrero de 2020

La presentación del decreto 222 de 2020 significa que el Gobierno Nacional reconoce los avances que ha realizado el sector financiero del país por ofrecer cada vez una mayor variedad de servicios digitales a sus clientes. 

El decreto, que entró en vigencia el 14 de febrero, contiene las siguientes modificaciones: 

  • Complementa el canal de corresponsales con esquemas móviles y digitales. 
  • Con el objetivo de facilitar las transacciones digitales y ampliar la oferta en las zonas rurales, se homologan las condiciones de los productos pasivos simplificados en los depósitos de bajo monto y ordinarios, pasándose a denominar depósito de bajo monto (DBM). 

    Dentro de estos servicios se encuentran los ofrecidos por Daviplata, Rappi Pay y Movii, entre otras. 

    En cuanto a los microcréditos, el decreto hace los siguientes ajustes: 

    • Incrementa el cupo máximo del crédito a $ 3’511.000 aproximadamente (4 SMLMV) o hasta $7’022.000 aproximadamente (8 SMLMV) si la Superfinanciera lo autoriza.

    • Abre la opción de que sean créditos de tipo rotativo. 
    • Elimina la obligación de reportar a las centrales de riesgo los desembolsos de los créditos el mismo día y homogeniza la frecuencia del reporte de esta información al resto de los créditos del sistema financiero.
    • Elimina el plazo máximo de pago de 36 meses.
    • Se podrá ofrecer varias veces a personas que no cuenten con historial crediticio en el sector. 

    Con respecto a la corresponsalía móvil y digital, el decreto ajusta las condiciones del negocio, los límites de operación y el portafolio de productos para consolidarse como un canal financiero relevante en las regiones.

    Con la nueva regulación, la corresponsalía móvil y digital se puede hacer sin una instalación física y se flexibilizan las condiciones así: 

    • Se mejora la liquidez de los corresponsales, ya que el cupo otorgado al corresponsal podrá ser de él mismo.
    • Se elimina la autorización previa del contrato de corresponsalía por parte de la Superfinanciera y permite la innovación en la prestación de servicios a través de este canal.
    • Se amplían los servicios prestados a través de los corresponsales, al permitir la segmentación por nivel de servicio prestado y ajusta los requerimientos operativos y de seguridad con base en los riesgos que perciba el corresponsal.

    Con la expedición de este decreto, las entidades financieras tendrán hasta marzo de 2020 para realizar los ajustes tecnológicos y operativos que amerite.