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CORONAVIRUS

Gobierno amplió al 50% la ocupación máxima en sistemas de transporte

El Gobierno, a través de la resolución 1537 de 2020, amplió al 50% de ocupación máxima en los vehículos de los sistemas de transporte masivo, que tendrá una vigilancia constante de las autoridades de salud y entidades territoriales para evaluar la gradualidad de ese aumento.

3 de septiembre de 2020

Algunas de las medidas son que los usuarios deberán procurar no hablar, cantar, atender o realizar llamadas telefónicas al interior de los vehículos, ni consumir alimentos. También tienen que usar adecuadamente el tapabocas durante todo el viaje.

“La capacidad de ocupación no puede superar el 50%. Los alcaldes deben tener en cuenta que, para autorizar el aumento de aforo de pasajeros en los sistemas, tienen que realizar un monitoreo constante junto con sus Secretarías de Salud del comportamiento del virus en la ciudad. El camino es reactivar, pero necesitamos el compromiso de todos”, aseguró la ministra de Transporte, Ángela María Orozco.

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Para los vehículos particulares se adicionó la posibilidad de que las personas que son de un mismo grupo familiar puedan movilizarse en el mismo vehículo, de acuerdo con la capacidad máxima de este, utilizando siempre el tapabocas.

Para los prestadores del servicio de transporte, el protocolo general continúa siendo el mismo: limpieza y desinfección con soluciones que tengan actividad virucida, en las zonas de alto contacto de usuarios, trabajadores y demás personas, como taquillas, sillas y ventanas, después de cada viaje o por lo menos tres veces al día y al iniciar y finalizar la jornada.

Las terminales de transportes deben estar siempre dotadas con papel higiénico, agua potable, jabón y toallas desechables para el lavado de manos, así como dispensadores de gel antibacterial, entre otras.

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Además, el uso correcto de tapabocas es obligatorio y permanente durante todo el recorrido y en los diferentes puntos del sistema de transporte.

Esta nueva medida “será revisada y ajustada, en conjunto con la Secretaría de salud o la entidad que haga sus veces, en un término de cuatro semanas siguientes a su aprobación, en función de los avances o fases de la emergencia sanitaria por covid-19, teniendo en cuenta las estadísticas y evolución de la pandemia en cada territorio, la tasa de transmisión de la enfermedad (RT), factores de riesgo, sistema de ventilación en los vehículos, medidas de bioseguridad implementadas”, además del cumplimiento de una serie de requisitos citados en el documento oficial.