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Corte Constitucional tumba más de 300 bloques de la locomotora minera

El tribunal dejó sin piso las Áreas Estratégicas Mineras que nacieron con el primer plan de desarrollo de Santos por violar la consulta previa.

13 de junio de 2016

La Corte Constitucional tumbó los más de 300 bloques mineros que el Gobierno había creado dentro de las Áreas Estratégicas Mineras que nacieron en el primer plan de desarrollo de Juan Manuel Santos. Todo por no realizar la consulta previa con las comunidades negras del Chocó.

La locomotora minera delimitó áreas de interés en 20 departamentos en una resolución de 2012. El objetivo era subastar los bloques con las empresas privadas interesadas en hacer la inversión. El problema es que no les consultaron a las comunidades si estaban de acuerdo.

Entonces vinieron las demandas y un pulso jurídico que apenas terminó este año con la derrota del Gobierno. La Corte Constitucional decidió sobre una acción de tutela y no solo les dio la razón a los demandantes chocoanos sino que fue más allá y extendió la protección a las comunidades de Antioquia, Bolívar, Caldas, Cauca, Cesar, Huila, La Guajira, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Quindío, Risaralda, Tolima, Valle del Cauca, Amazonas, Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada.

Si el Gobierno quiere seguir adelante con sus planes para la explotación de minerales, tendrá que consultar primero a las comunidades. Incluso antes de lanzar una ronda minera o delimitar cualquier área.

¿Qué decían las comunidades?

Para los integrantes del colectivo Tierra Digna “las actividades de exploración y explotación de los minerales supondrán, necesariamente, el impulso de proyectos de infraestructura física y vial para el acceso a las zonas, así como la conducción de los minerales extraídos, lo que generará impactos socioambientales adicionales”.

Además ellos aseguran que la exploración de minerales es “una grave amenaza al derecho fundamental al agua, pues las regiones en las que habitan las comunidades accionantes son ecosistemas de producción hídrica de especial importancia ecológica”

¿Qué decía el Gobierno?

Durante los años de defensa del Gobierno la tesis era que las Áreas Estratégicas Mineras no pasaban de ser un mapa. En sentido estricto con esa declaratoria no se le estaba adjudicando a ninguna empresa el derecho a explorar el área pues ni siquiera se había realizado la subasta. Por eso el Gobierno no pensó que estaba en la obligación de hacer ninguna consulta y aseguró que serían las empresas quienes debían sacar adelante ese proceso con los bloques en mano.

¿Y la conclusión de la Corte?

De acuerdo con el fallo “con la sola declaratoria y delimitación de los territorios colectivos de las comunidades afro descendientes como áreas estratégicas mineras se pone en riesgo, así sea latente, su subsistencia, su identidad ética y cultural, sus usos, valores y costumbres tradicionales, sus formas de producción y apropiación del territorio, su cosmovisión y su historia”.

Esto la llevó a dejar sin efectos las resoluciones 180241 de 2012 y 429 de 2013.

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