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RECURSOS

Así serían las nuevas Cuentas Maestras del Plan de Alimentación Escolar

En 2015 el Gobierno Nacional había ordenado a las entidades territoriales abrir cuentas maestras para recibir los recursos del Sistema General de Participaciones.

13 de julio de 2018

El Ministerio de Hacienda prepara una nueva reglamentación para las Cuentas Maestras del Programa de Alimentación Escolar, como complemento a la ley en 2015 que obliga a las entidades territoriales a establecer dicho tipo de cuentas para recibir los recursos del Sistema General de Participaciones.

El proyecto de resolución advierte que los departamentos y municipios tendrán que establecer un convenio con la entidad bancaria que elijan para administrar la Cuenta Maestra del Programa de Alimentación Escolar (PAE) que, entre otras características, les garantice una rentabilidad y le envíe al Ministerio de Hacienda, el de Educación Nacional y las entidades de control la información y reportes que estos soliciten.

Los bancos que tengan dichas cuentas también tendrán que garantizar el registro de los beneficiados por los pagos del PAE, y la totalidad de los ingresos y egresos de recursos en la cuenta.

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Estas cuentas solo tendrán autorizados los giros hacia los beneficiarios del PAE previamente registrados en la misma o las cuentas maestras de los municipios y departamentos que se encargan por sí mismos de la administración del PAE.

Por otro lado, el proyecto señala que las Cuentas Maestras de Prestación de Servicios, con exclusión de las nóminas docentes, y las Cuentas Maestras de Calidad-Matrícula también admitirán los giros hacia las cuentas del PAE.

Por su parte, estas últimas podrán recibir recursos de las entidades territoriales, el Sistema General de Participaciones, el Presupuesto General de la Nación, reintegros, entidades del sector privado o solidario de orden nacional e internacional, sus propios rendimientos financieros y los que la entidad bancaria administradora considere pertinentes dentro del marco ya existentes para las Cuentas Maestras.

El proyecto explica además que los únicos beneficiarios de la cuenta serán aquellos proveedores de bienes y servicios para el PAE, así como los municipios y departamentos que se encargan directamente de dicho programa.

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Las autoridades territoriales tendrán plazo máximo hasta cinco días hábiles antes del pago para registrar ante el banco correspondiente a sus beneficiarios, con el documento de identificación y el tipo y número de cuenta de cada uno.

Cabe recordar que en 2015 el Gobierno ordenó a las entidades territoriales a crear las Cuentas Maestras para recibir y administrar los recursos del Sistema General de Participaciones, cuya reglamentación se emitió en el 2016 con una resolución del Ministerio de Hacienda.

En ese momento, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, señaló que “a través del Plan de Desarrollo se reglamentó que las transferencias del Sistema General de Participaciones deben realizarse a través de la Cuenta Maestra, para hacer más transparente el uso de los recursos y llevar seguimiento y control sobre el gasto. Las entidades territoriales que aún no inscrito su cuenta maestra, deben hacerlo para recibir los giros”.

Y más adelante, en 2017, el Ministerio de Educación estableció que las cuentas del PAE podrían recibir recursos del Sistema General de Participaciones, el Presupuesto General de la Nación, recursos propios y otras fuentes.

Ese mismo año, el Mineducación también señaló que los recursos del PAE debían administrarse mediante la Cuentas Maestras que ahora el Ministerio de Hacienda intenta regular.

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