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REFORMA TRIBUTARIA

Tributaria: Empresas recibirían descuento en renta pero menores exenciones

Si se aprueba la reforma tributaria como la propuso el Gobierno, se eliminarán algunos impuestos y exenciones para las empresas, una reducción gradual de la tasa de renta e incentivos para la creación de negocios en zonas de conflicto.

20 de octubre de 2016

De aprobarse la reforma tributaria tal como la propuso el Gobierno, las empresas recibirían la eliminación de algunos impuestos y exenciones, una reducción gradual de la tasa de renta e incentivos para la creación de negocios en zonas de conflicto definidas por el Gobierno.

En la actualidad, las empresas con ganancias superiores a los $800 millones tienen una carga tributaria de 40% que se compone por el impuesto de renta con tarifa de 34% más el impuesto a la riqueza, además del Cree y su sobretasa.

El proyecto de ley propone la eliminación del Cree y su sobretasa, además no extenderá el impuesto a la riqueza cuya última cuota debe pagarse en 2017 con una tarifa de 0,4%. Además, reduce la tarifa de renta a 33% para el 2018 y desde el 2019 este impuesto estabilizaría su tasa general en 32%.

De este monto, nueve puntos porcentuales se asignarán a los rubros de destinación específica, como sucede hoy con el Cree y su sobretasa. Este porcentaje se dividirá en 0,4 puntos para programas de primera infancia, 0,6 puntos para instituciones públicas de educación superior y becas, el Sena recibirá 1,4 puntos, al Icbf se le asignarían 2,2 puntos y el sistema integrado de Seguridad Social en Salud recibiría los restantes 4,4 puntos.

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Por un lado, el proyecto de reforma establece que las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta cuya participación estatal supere el 90%, que se dediquen a los monopolios de licores, alcoholes, suerte y azar serán gravadas con una tarifa de 9% sobre sus rentas obtenidas.

Por otro lado, las empresas editoriales con base gravable hasta 33.600 UVT, equivalentes a cerca de $10.000 millones, pagarán un impuesto de renta de 9%. Las empresas con base gravable superior a dicho monto tendrán que pagar la tarifa general que es de 32% desde el 2019, esto se suma a IVA de 5% que aplicaría para publicaciones periódicas.

El proyecto de reforma también establece que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, que antes de la entrada en vigencia del nuevo régimen tributario se hayan acogido a la Ley 1429 de 2010, que creó incentivos a la formalización laboral, deberán pagar el impuesto sobre la renta y sus complementarios con una tarifa de 9% durante el tiempo por el cual fue concedido el tratamiento establecido por la ley.

En cuanto a las exenciones tributarias para las empresas, se eliminarían las relacionadas con construcción de barcazas, renta por arriendo de vivienda de interés social, programación y creación de software y obras de ecoturismo, que estaba vigente hasta el 2019.

Sin embargo, de los cerca de $11 billones que representan las exenciones tributarias, aproximadamente $6 billones se mantendrán. Este valor corresponde a beneficios reglamentados especialmente cuando el país aceptó acuerdos internacionales como el de la Comunidad Andina sobre rentas pagas en otros países con operación en Colombia.

Otras actividades que mantendrán sus beneficios serán las reservas matemáticas para pagos de seguridad social, venta de lotes para construcción de vivienda de interés social y renta por créditos para compra de vivienda de interés social.

Además, se mantiene la deducción del 150% de renta para empresas que inviertan en la creación de fuentes de energía no convencionales y de 100% más descuento de 20% para inversiones en ciencia, tecnología e innovación. Las actividades de reforestación y control del medio ambiente, así como las donaciones mantendrán su exención de 20%.

El proyecto de reforma incluye incentivos tributarios para las empresas que decidan iniciar su actividad productiva en las áreas afectadas por el conflicto que el Gobierno defina.

Excepto las empresas dedicadas a explotación minera y de hidrocarburos o de actividades portuarias, las micro y pequeñas empresas no pagarán renta entre 2017 y 2021, entre 2022 y 2024 pagarían el 25% de la tarifa general,  entre 2025 y 2027 pagarían en 50% y desde el 2028 estarían sujetas a la tarifa completa.

Con las mismas excepciones, las empresas medianas y grandes recibirían descuento del 50% de la tarifa general entre 2017 y 2021, el 75% entre 2022 y 2027 y desde el 2028 estarían sujetas a la tarifa completa.

Nuevo régimen para las zonas francas

Actualmente, las zonas francas del país están divididas en tres grupos: las constituidas antes del 2012 y que tienen contratos de estabilidad jurídica, las demás constituidas antes del 2012 y las posteriores a ese año.

El primer grupo mantendrá las normas tributarias que le rigen en la actualidad, pero no pagarán parafiscales. Los otros dos grupos se someterán a una tarifa de renta del 10% y además deberán pagar parafiscales para empleados con salarios superiores a 10 salarios mínimos.

La tarifa de renta para estas áreas industriales sería de 24% en 2017, 23% en 2018 y desde el 2019 se estabilizaría en 22%.

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