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Ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas; ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas; presidente de la República, Juan Manuel Santos y el fiscal General, Néstor Humberto Martínez | Foto: Presidencia de la República

EXTINCIÓN DE DOMINIO

Nueva ley de extinción de dominio agilizará venta de bienes por casi $4,6 billones

Solo los inmuebles ubicados en áreas rurales no serán vendidos, pues se destinarán al cumplimiento del punto del acuerdo de paz sobre la restitución de tierras.

21 de julio de 2017

Los 7.675 bienes extintos y 87.105 en extinción de dominio suman $4,61 billones, que se repartirán en 25% para la Fiscalía, otro 25% para la rama judicial, 40% para el Gobierno y el restante 10% para la Policía Nacional.

Mientras las dos entidades y la rama judicial podrán disponer libremente de los recursos que reciban por la venta de los bienes extintos o en proceso de extinción, el Gobierno le dará prioridad a la construcción de nuevos centros carcelarios con la parte que le corresponde.

Y hay otra restricción. La Sociedad de Activos Especiales S.A.S (SAE) no podrá vender los 5.909 inmuebles ubicados en la zona rural del país, divididos en 845 extintos y 5.064 en proceso de extinción. Estos irán directo a la Unidad de Tierras y el Fondo Nacional de Tierras para cumplir con uno de los puntos del acuerdo de paz entre el Gobierno y las Farc, de modo que serán parte de los tres millones de hectáreas para repartir entre las familias campesinas que no poseen terrenos.

La venta de los 15.597 bienes inmuebles -excluyendo los rurales-, 12.540 medios de transporte, 55.443 bienes muebles y enseres, así como las 864 obras de arte será más ágil desde este viernes pues el presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó la Ley de modificación al código de extinción de dominio que además determinó el traslado de los inmuebles rurales a las entidades correspondientes y la nueva distribución de los recursos obtenidos.

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Además, trae un incentivo para quienes denuncien bienes muebles o inmuebles que podrían ser producto de actividades ilegales. El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó que “el procedimiento va a permitir que si hay una propiedad que se sospecha fue comprada con dinero ilegal, una persona pueda denunciarlo y si en realidad resulta en extinción de dominio y ese bien fue comprado ilícitamente, la persona tendrá derecho a una recompensa que es del 5% del valor del inmueble pero con límite de 2.500 salarios mínimos, que equivalen a cerca de $2.000 millones”.

Por otro lado, para atender las órdenes judiciales de devolución de bienes que sean objeto de enajenación temprana, la nueva ley obliga a la creación de una reserva técnica del 30% con los dineros del proceso y los recursos que generan los bienes productivos en proceso de extinción de dominio.

Cárdenas agregó que “aquellos procesos de extinción de dominio, que concluyan en que los bienes deben volver a su propietario original, se dispuso realizar una reserva del 30% de lo que se venda para atender situaciones en las que no haya habido razón o argumentos suficientes para haber confiscado o incautado activos”.

El ministro también advirtió que “los procesos anteriores se prestaban para la corrupción, porque esos activos eran administrados por depositarios temporales que manejaban estos bienes a nombre del Estado, pero se ha identificado que cobraban canones muy bajos de arrendamiento y hasta se encargaban de que no se pudiesen vender. Además, el extenso tiempo del proceso, impulsaba el deterioro de los activos, lo que generaba que cuando se iban a vender valieran menos”.

El ministro Cárdenas destacó que mientras los procesos de enajenación de bienes producto de procesos de extinción de dominio tardaban años, e incluso décadas, en venderse, ahora el proceso será acelerado por lo que se espera que los bienes mantengan un alto precio de venta y disminuya la corrupción alrededor de la administración de los mismos.

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