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| Foto: Ministerio de Hacienda

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Gobierno radicó la anunciada Ley de Financiamiento

Luego de casi tres meses de anuncios, el Gobierno finalmente radicó ante el Congreso el proyecto de Ley de Financiamiento para obtener los $14 billones faltantes del Presupuesto General de 2019. Estas son las principales propuestas.

31 de octubre de 2018

Desde la campaña presidencial Iván Duque hizo todo tipo de promesas tributarias: reducir el impuesto de renta a las empresas, eliminar exenciones y hasta 6 días sin IVA cada año. Al llegar al gobierno, empezó a anunciar su reforma tributaria que más adelante se convirtió en Ley de Financiamiento para cubrir un déficit del Presupuesto General de la Nación para 2019.

Esta semana finalmente, y después que el Congreso aprobara el presupuesto nacional para el próximo año, el Ministerio de Hacienda radicó un proyecto de ley que pretende cumplir algunas de esas promesas y recoger por lo menos $14 billones adicionales en el primer año.

La Ley de Financiamiento, que tendrá que estar aprobada antes de terminar el presente año, tiene dos pilares fundamentales: el IVA y el impuesto a la renta para las empresas. Ambos pilares garantizarían exactamente el recaudo del faltante para 2019.

En el caso del IVA, el Gobierno finalmente propuso la unificación de las tarifas, en una única general para el 80% de la canasta básica familiar, de 18% para 2019 y 17% desde 2021, con exclusiones para los artículos de higiene femenina, los servicios públicos, la educación, servicios de salud, arriendos y semillas entre otros elementos básicos para las plantaciones.

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Dicha medida garantizaría un recaudo de entre $10 billones y $12 billones, además de reducir el gasto tributario que le implica al país la existencia de productos exentos cuyo valor se calcula en $65 billones anuales.

Para evitar el impacto sobre el consumo de los hogares más pobres, el Gobierno incluyó además una compensación de $51.300 a los hogares de los deciles 1 a 3, que ya son beneficiarios de programas como Familias en Acción, Jóvenes en Acción o Colombia Mayor, clasificados por el puntaje del Sisbén y equivalen al 30% de la población nacional.

La transferencia monetaria se entregará por bimestre anticipado, tendrá un costo total de $2 billones cada año y su cálculo se hará con el promedio de gasto en IVA de los hogares en los 3 deciles, de modo que el decil 1 terminará recibiendo más dinero del que paga por este impuesto.

Se estima que la medida ayudaría a reducir el índice de Gini en 1,5 veces cada año.

En cuanto al impuesto a la renta de la empresas, el Ministerio de Hacienda propuso una disminución de la tarifa nominal y llevarlo de 33% hasta el 30% -punto porcentual cada año-, ya que cada uno de los mismos equivale a un recaudo de $1,2 billones, de modo que al finalizar el gobierno de Iván Duque se haya alcanzado la tarifa mencionada.

Durante la transición, las empresas además contarán con contratos de estabilidad jurídica a cambio de compromisos en inversiones, entre otros.

La renta presuntiva también se eliminaría de forma progresiva. Hoy la tarifa es de 3,5% así que la senda propuesta es disminuirla a 3% en el primer año, 2,5% en el siguiente, 2% en el tercero y finalmente 0%.

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Por otro lado, y con el ánimo de acercar la tarifa efectiva de tributación de las empresas a la nominal, se hará descontables dentro del impuesto de renta el IVA a la importación de bienes de capital cuyo recaudo equivale a 0,8% del PIB.

Además, el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) y el Impuesto de Industria y Comercio (ICA) serán descontables hasta el 33% o descontables en la renta hasta 50%.

Por su parte, los proyectos rurales que generen empleos en su lugar de creación estarán exentos de renta durante 10 años, mientras que los emprendimientos de economía naranja recibirían el mismo beneficio durante 5 años.

Adicionalmente, las llamadas “megainversiones” que se generen en el país por mínimo 50 millones de UVT, hoy equivalentes a $1,6 billones y permitan la creación de al menos 50 nuevos empleos, tendrán una tarifa de renta del 27%.

Estas medidas tienen un costo estimado de entre $5 billones y $8 billones, que se compensarán con un mayor recaudo y optimización del mismo a medida que se lleva a cabo su implementación.

En el impuesto de renta a las personas naturales, el umbral para la declaración del mismo se mantendrá estable pero se unificarán las cédulas, lo que simplificará el mecanismo, garantizará $11.000 millones en recaudo adicional cada año, y quienes reporten ingresos de hasta $10 millones mensuales tendrán una tasa fija de descuento de 35% en dicho impuesto.

Por su parte, las personas que registran ingresos desde $36 millones mensuales, equivalentes a $432 millones al año, tendrán una tasa del impuesto que será de 37%, pero tendrán el mismo derecho al descuento de 35% del mismo mediante los mecanismos ya establecidos.

Y quienes tengan patrimonios de entre $3.000 millones y $5.000 millones pagarán un impuesto adicional de 0,5% sobre el mismo patrimonio, desde $5.000 millones la tarifa se duplicará a 1%. Estas medida representaría un incremento en el recaudo de entre $1,8 billones y $2 billones.

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Además se implementaría un nuevo régimen de normalización tributaria para activos en el exterior que para el primero de enero de 2019 no hayan sido no declarados, cuya tarifa será de 6,5% que se aplicará en septiembre de ese mismo año.

Del Monotributo al Simple

Tal como lo había anunciado el Ministerio de Hacienda, la Ley de Financiamiento incluye la versión 2.0 del Monotributo que creó la reforma tributaria de 2016 para incentivar la formalización de pequeños negocios.

El impuesto ahora se llamará Simple y será opcional, de determinación integral, causación anual y pago bimestral. Este tributo incluirá las obligaciones de renta, impoconsumo e ICA, quienes se acojan además tendrán que hacer sus correspondientes aportes a seguridad social que podrán descontar del pago del impuesto.

Para acogerse, habrá seis condiciones:

1.Ser persona natural con empresa o personería jurídica cuyos accionistas sean personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes en Colombia.

2. Que en el año gravable anterior sus ingresos brutos ordinarios o extraordinarios, alcancen entre 1.400 UVT y 80.000 UVT.

3. Si uno de los accionistas persona natural tiene una o varias empresas o participa en una o varias sociedades, inscritas en el impuesto Simple, los límites máximos de ingresos se revisarán de forma consolidada y en la proporción a su participación.

4. Si uno de los accionistas tiene una participación superior al 10% en una sociedad no inscrita en el impuesto también se revisarán los límites máximos de ingresos de forma consolidada y en la proporción a su participación.

5. Si uno de los accionistas persona natural es gerente o administrador de otras empresas o sociedades, los límites máximos de ingresos se revisarán de forma consolidada con los de las empresas o sociedades que administra.

6. La empresa debe estar al día con sus obligaciones tributarias nacionales, departamentales y municipales, así como los pagos al sistema de seguridad social. También debe contar con la inscripción respectiva en el RUT y con todos los mecanismos electrónicos de cumplimiento, firma electrónica y factura electrónica.

Ahora es el turno del Congreso para decidir qué tan distinta del proyecto será la Ley de Financiamiento que llegará a las manos del presidente Duque para su sanción.

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