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Hasta el 2 de mayo habrá plazo de presentar la declaración de IVA de noviembre, diciembre del 2010 y enero y febrero del 2011.

Impuestos

Alivio en el pago de impuestos para damnificados

Para los afectados por las lluvias se amplió el plazo de presentar sus declaraciones de renta, IVA y patrimonio. Tendrán facilidades para cancelar las obligaciones tributarias.

21 de enero de 2011

Después de la expedición del decreto 128, bajo el amparo de la emergencia económica por la ola invernal, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) definió los plazos para aliviar la carga tributaria de los damnificados.

 

Hasta el 2 de mayo habrá plazo de presentar la declaración de IVA de noviembre, diciembre del 2010 y enero y febrero del 2011. Esta fecha también aplica para retención de diciembre del año pasado y el primer bimestre de este año. El pago se deberá realizar antes del 31 de diciembre, también se podrán acoger a facilidades de pago y acuerdos de cuotas.

Asi mismo, hasta final de año habrá plazo para presentarle a la Dian la información aduanera y cambiaria.

 

Una vez el Dane divulgue el censo nacional de damnificados la Dian verificará esta condición para que los declarantes se puedan acoger a esto beneficios que decretó el Gobierno bajo el amparo de la emergencia económica.

A partir del primero de febrero los contribuyentes solo tendrán que presentar dos ejemplares por formulario y no cuatro como se venia trabajando, según lo informó la Dirección de Impuestos.

Los formatos que se van a utilizar para la presentación y pago de los impuestos y tributos administrados por las entidad, solo tendrán dos ejemplares por formulario, es decir, original para la Dian y copia para el contribuyente. El plazo para presentar la declaración de renta de personas naturales va desde el 9 de agosto y vence el 5 de septiembre.

La medida de simplificación en los formularios se tomó con el aval de los bancos, informó María Helena Botero, directora de gestión organizacional, quien además dijo que ya estan actualizados todos los formularios de impuestos y se pueden descargar en la página web de la entidad.

En una semana estará listo el de patrimonio, el cual está en proceso de diseño ya que tendrá cambios para diligenciarlo. La primera cuota de este impuesto se deberá pagar en mayo.

Para las empresas o personas jurídicas, desde este año, cuando en un mes no se reporte retención e Iva, ya no será necesario presentar las declaraciones ante la Dian.