Reputación Laboral Empresarial global

Las empresas venden confianza sobre la forma como incorporan el respeto por estándares ambientales, laborales y sociales internacionales; su “potabilidad ética”. La Reputación Laboral Empresarial está soportada en el respeto a los convenios fundamentales de la OIT. La opinión de Gabriel Mesa C.

Dinero
11 de marzo de 2011

Quiero proponer esta noción, que expresa la estrecha relación entre reputación empresarial y la importancia que en una economía global otorgan los stakeholders al respeto empresarial a los Estándares Laborales Internacionales –ELI-, adoptados por la Organización Internacional del Trabajo, OIT.

Para ningún empresario medianamente avisado es una sorpresa encontrarse con que de un tiempo para acá la agenda de los negocios internacionales está estrechamente relacionada con temas, que aunque aparentemente faltos de relación con los bienes y servicios objeto de comercio, se demanda de las empresas un compromiso en el sentido de poder acreditar unos niveles de respeto establecidos en unos estándares internacionales de vigencia universal.

Los empresarios se ven abocados entonces a implicarse en procesos de familiarización y conocimiento de asuntos que escapan a lo que usualmente han hecho, pero que entienden deben ser incorporados en el proceso productivo, so pena de ver marginadas sus empresas por una comunidad de consumidores exigentes en cuanto al respeto de esos estándares internacionales, relativos a temas medio ambientales, laborales y de derechos humanos, entre otros.

Estamos ante un cambio de paradigmas. Por un lado, un giro del péndulo en la atención de la comunidad internacional en lo que hace al respeto por esos estándares, transitando más rápidamente de lo que parece de los gobiernos hacia las empresas, y de otro lado, la globalización de los asuntos locales, con la consecuente aparición de partes interesadas en la suerte de esos asuntos.

El Pacto Global de Naciones Unidas es ejemplo de ese primer cambio en los paradigmas. No son los gobiernos sino las empresas las que asumen el compromiso, ante sus pares y ante la comunidad internacional, de respetar los principios contenidos en una serie de instrumentos internacionales adoptados para fijar obligaciones a los Estados, pero que terminan por hacer parte de la agenda de las empresas. En este compromiso las compañías empeñan la moneda de cambio que circula en los vericuetos de este nuevo paradigma: su Reputación Empresarial, y lo hacen respecto de temas aparentemente extraños al devenir de sus negocios, pero que en realidad evidencian la preocupación de los consumidores por lo que he llamado los “nutrition facts sociales”, es decir, la forma como una empresa produce los bienes o servicios que exporta al mundo.

Y dado que esos “nutrition facts sociales” involucran los temas laborales, medio ambientales y de derechos humanos, entre otros, resulta entonces que ese tipo de asuntos dejan de ser “problemas” meramente locales, que se asumen y se atienden bajo una perspectiva puramente provincial, para convertirse en temas de interés global respecto de los cuales la empresa puede verse cuestionada en cualquier escenario internacional, ante actores desconocidos y poniendo en juego su reputación ante potenciales consumidores del bien o servicio por ella producido.

En el fondo esto nos significa un mensaje nuevo: las compañías venden ante sus consumidores globales, a la par que bienes o servicios, confianza en la forma acertada como incorporan en su proceso productivo el respeto por una serie de estándares internacionales validados universalmente, que aseguran ante esos consumidores, y ante el grupo de stakeholders en general, el compromiso de la empresa con la “potabilidad ética” de sus productos.

Tratándose de los temas laborales, esos estándares son los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, relativos a temas tan disímiles como el trabajo infantil y la libertad sindical, entre otros, que han venido constituyéndose en el pasaporte que legitima a una empresa en muchos escenarios internacionales. Si se analizan algunos acuerdos negociados por Colombia en los últimos años, como puede ser el TLC con Canadá, con Estados Unidos e incluso con la Unión Europea (los mercados más sofisticados y exigentes), encontramos una referencia a dichos estándares de la OIT y ello se debe a una buena razón, y es que se trata de mercados en los cuales los compradores de confianza (que no son solamente los compradores de mi bien o servicio, sino todos aquellos comprometidos con el respeto de los estándares internacionales en temas medio ambientales, laborales y de derechos humanos), han presionado políticamente para incorporar en acuerdos comerciales estas exigencias y están decididos a marginar a las compañías respecto de las cuales pueda decirse que no están alineadas en el respeto a los mismos.

De modo que debemos considerar seriamente este nuevo concepto de la Reputación Laboral Empresarial, como un criterio para analizar críticamente y con criterio global la gestión del recurso humano, entendiendo la estrecha relación de este con el comercio internacional. ¿Cómo puede una empresa, por ejemplo, sostenerse en el Pacto Global si a la par está, por ejemplo, involucrada en una denuncia ante los órganos de control de la OIT? Resulta difícil defender esa contradicción y más difícil le puede resultar si el pronunciamiento de esos órganos de control termina siendo desfavorable a la empresa.

Es necesario entonces ver los temas laborales de la empresa con una mirada nueva, soportada en el conocimiento y el respeto a los convenios fundamentales de la OIT, asegurándonos de estar en condiciones de soportar el juicio de los compradores globales de confianza.

Director Estudio Gabriel Mesa Abogados
Gabriel@estudiogmesa.com