Opinión On Line

La minería: una locomotora que necesita más combustible

Eliminar la deducción a la inversión en activos fijos porque la situación de orden público hoy es otra y porque existe una necesidad de mejorar la situación fiscal de la Nación, podría conducir a menores recaudos futuros en impuestos. La opinión de Claudia Jiménez J.

27 de octubre de 2010

Junto con las zonas francas uniempresariales, los contratos de estabilidad jurídica y una verdadera internacionalización de nuestra economía a través de la firma de 9 TLC con 47 países, la deducción del 30% por la inversión en activos fijos productivos hace parte de un catálogo de incentivos que sin duda inspiró la confianza inversionista de la que hoy goza nuestro país y de la que nos beneficiamos todos los colombianos.

El último de dichos incentivos significó, para un “economista de tienda” como yo, en un menor pago del impuesto a la renta para las empresas que realicen compras de nuevos activos fijos productivos tales como maquinaria y tecnología. Dicho estímulo fue implementado en 2003 (de manera transitoria por medio de la ley 863), posteriormente prorrogado en 2006 (por medio de la ley 111) y finalmente ajustado en su alcance en 2009 (por medio de la ley 1370). Hoy se plantea su eliminación.

La razón por la cual se estableció dicha medida en 2003, fue la de contribuir a la creación de un clima más favorable a la inversión, en un país cuyos problemas de violencia lo borraban de tajo del radar de los inversionistas internacionales; pero también se buscó eliminar un impuesto implícito que existía al capital, porque la estructura tributaria desincentivaba la inversión en tanto que lo gravaba excesivamente. En síntesis, éramos un país peligroso para los empresarios y poco amigable con los negocios.

En el debate legislativo se concluyó que la deducción sería permanente y que la iniciativa del Gobierno se incrementaría en 10 puntos porcentuales para ubicarse en una deducción del 40% de la inversión efectivamente realizada. Durante 2009 tuvo lugar un interesante y álgido debate sobre la conveniencia de los incentivos a la inversión, el cual concluyó con un proyecto de ajuste tributario presentado por el Gobierno y aprobado por el Congreso de la época, mediante el cual el porcentaje de la deducción se reduce del 40% al 30%.

¿Qué ha pasado durante la vigencia de dicho estímulo tributario a la inversión? Pues que la tasa de inversión privada total -nacional y extranjera- se ha multiplicado. En efecto, la inversión total como porcentaje del PIB pasó de 16,5% en 2002 a 25.8% en 2009 y la inversión extrajera directa -IED- pasó de 2.3% del PIB a 3% del PIB. Como parámetro de referencia, téngase en cuenta que durante 2002 y 2009 el PIB de Colombia con la nueva base 2005, pasó de $210 billones a $401 billones, en precios constantes del año base; en otras palabras, teniendo en cuenta el mayor tamaño de la economía la IED durante el período 2002-2009 se triplicó (a pesar de ser 2009 un año de crisis).

De los US$2.000 millones de IED en 2002 en el país, U$915 (45%) correspondieron al sector de minas y energía en particular (entendido como un todo: minas, petróleo, gas natural, energía eléctrica), bautizado apropiadamente por el Presidente Santos como una de las “locomotoras del tren de la prosperidad”; y de los US$7.200 millones de IED en 2009, U$5.614 (77%) vino de minas y energía. En el máximo histórico en 2008 cuando se registraron US$10.500 millones de IED en nuestro país, U$5.203 provinieron del sector minero energético (49%); y, según lo acaba de anunciar el Gobierno Nacional, este año la IED en Colombia llegará a U$12 mil millones, de los cuales, estima el sector, el 86% corresponderá a minas y energía. Los anteriores datos para demostrar que por lo menos una de las principales razones del auge de la IED en nuestro país coincide con la existencia de estímulos a la inversión como el de la deducción por inversión en activos fijos y que la mitad de este fenómeno se explica por el comportamiento del sector de la minería, la energía y los hidrocarburos. Ahora bien, las inversiones en minería típicamente requieren de ciclos de 10 a 30 años para su recuperación competitiva. Es decir que las que se han venido haciendo en los últimos 3 ó 4 años aún están en su etapa de infancia, como lo estarán las que se hagan esta año y en el futuro.

Pero en el proyecto de ley “para la formalización y el primer empleo” se prevé la eliminación del incentivo de la deducción del 30% de manera inmediata para los sectores de minería, hidrocarburos y sus derivados, servicios petroleros, electricidad y gas, y de forma gradual para el resto de los sectores de la economía, hasta desaparecer para todo el mundo en el 2016. Iniciativa que nos permitimos calificar, por lo menos, de prematura. La tasa de crecimiento que requiere Colombia para superar la pobreza será sostenible sólo si se mantienen las reglas y el entorno francamente favorable para la inversión. Vamos por el rumbo adecuado, pero apenas estamos en las primeras fases del desarrollo para la locomotora de la minería y nos podríamos desviar.

Según información consolidada por el Banco Mundial, (http://data.worldbank.org/, 23 de septiembre de 2010), los tigres asiáticos registraron una tasa promedio de inversión como porcentaje del PIB para el período 2000-2008 de 25%. Esto calculado como el promedio simple de las tasas registradas por cada país, en cada uno de los años. Los países de BRIC (Brasil, Rusia, India y Chile) para el mismo período registraron una tasa promedio de inversión 27,79% del PIB. Por su parte los países Civets (Colombia, Indonesia, Vietnam, Egipto, Turquía y Sudáfrica) registran tasas promedio de 22,87% del PIB. Colombia, a pesar de registrar un ascenso más acelerado que los países mencionados, todavía se encuentra 2.5 puntos porcentuales por debajo de la media de los países CIVETS y a más de 7 puntos porcentuales de los países BRIC. Dentro de sus pares (los CIVETS) Colombia se encuentra en una posición intermedia, por encima de Egipto, Turquía y Sudáfrica, pero por debajo de Vietnam e Indonesia.

Para no poner en riesgo la senda de expansión económica que permita ofrecer a los colombianos una mejor calidad de vida y mantener y aumentar las extraordinarias tasas de inversión que ha registrado recientemente el país, el marco institucional debe sin duda garantizar estabilidad. Entre otras razones, porque el régimen tributario es fundamental para cualquier inversionista. Un cambio en dichas reglas es de efecto inmediato sobre las decisiones de inversión, incide en la rentabilidad de los proyectos y en consecuencia, toca la posición competitiva de Colombia como país. Para nadie es deseable que inversiones que se vienen estructurando desde hace 3 ó 4 años se vayan hacia otras economías latinoamericanas o emergentes porque estemos entrando en un desmonte prematuro de aquellos mecanismos que por fin habían logrado hacer atractiva la economía colombiana.

La magnitud de esta situación no es despreciable y puede desencadenar un efecto perverso: proponer eliminar la deducción a la inversión en activos fijos porque la situación de orden público hoy es otra y porque existe una necesidad imperiosa de mejorar la situación fiscal inmediata de la Nación a costa de la competitividad de los proyectos a desarrollarse en Colombia, podría conducir a menores recaudos futuros en impuestos corrientes, tales como renta y regalías. Ciertamente, en un primer momento, aumentará el recaudo porque se incrementará la base, pero por una sola vez, en tanto que no habría inversiones adicionales y no habría deducciones a aplicar o, en todo caso, menos de las previstas hoy. El costo de oportunidad de esta decisión son los ingresos por impuestos corrientes que el proyecto de inversión generaría a futuro.

Hacemos un respetuoso llamado a las autoridades económicas, para que analicen el efecto multiplicador que las inversiones tienen sobre el recaudo en impuestos corrientes y en términos de competitividad de nuestra economía, antes de proponer la eliminación de uno de los incentivos a la inversión.
En efecto, con insistencia se recuerda -y con toda razón- que las reglas tributarias tienen un valor especial para los inversionistas, pero goza aún de un mayor valor, la estabilidad en las condiciones de inversión. Y, desafortunadamente, la regla sobre deducción por inversión no ha sido un ejemplo de estabilidad: entre su creación (2003) y hoy, han transcurrido a penas 7 años, ya ha habido 2 modificaciones (2006 y 2009) y la propuesta es hoy eliminarla de manera inmediata para el sector minero y progresivamente para el resto de la economía. Esta situación no se compadece con los tiempos que conlleva desarrollar un proyecto, por ejemplo, minero, bien sea nuevo o de expansión.

Finalmente, resulta por lo menos inconveniente estigmatizar al sector minero en particular. Los datos de la Dian demuestran que, si se evalúa el monto de la deducción, en términos relativos al aporte, los resultados son sorprendentes: por cada peso pagado por renta, la minería es la rama de la producción del sector real de la economía que, en términos relativos, menos deducciones realiza.

El mensaje que quisiera dejar es entonces que Colombia ha registrado avances importantes en materia de clima de inversión, con resultados concretos en su tasa de inversión total en los últimos 7 años. Las modificaciones a las medidas tributarias deben ser cuidadosamente analizadas desde una perspectiva global -competitividad del país-, intertemporal -mayores recaudos futuros por impuestos corrientes en períodos de expansión- y de incentivos y calidad regulatoria -estabilidad en las reglas, neutralidad tributaria y no encarecimiento del capital-.

Que quede claro que esta reflexión no consiste en proponer incentivos adicionales, sino que se mantengan los actuales para un sector apropiadamente calificado por el Gobierno Nacional como una de las “locomotoras” del crecimiento a la cual, en palabras del Presidente Santos, hay que “meterle mucho carbón”.

Ex Ministra Consejera de la Presidencia